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29 de marzo de 2023Vigente

Aviso No. 0801-2023-00240 — Demanda en materia personal contra la Administración Aduanera de Honduras por cancelación de cargo

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2023-00240
  • Publicación: 29 de marzo de 2023
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,192

Texto completo

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 10 de febrero del año 2023, el señor José Miguel Ruiz García, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-00240, contra el Estado de Honduras, a través de la Administración Aduanera de Honduras, se promueve demanda especial en materia personal para la declaración de nulidad de un acto administrativo (cancelación de cargo) por haber sido dictado con infracción del ordenamiento jurídico y prescindiendo del procedimiento establecido, que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para establecer la se condene a la demanda al reintegro o restitución del cargo por lo menos igualdad de condiciones. Y a título de daños y perjuicios se condene a la demanda al pago de los salarios dejado de percibir desde la fecha de la notificación del acto ilegal, hasta la fecha que se ejecute sentencia definitiva. Reconocimiento de derechos y beneficios que sean generados en el curso del juicio. Pago de salario adeudado. Aumentos salariales. Pago de bonificación por superar meta de recaudación. Pago de aportaciones al INJUPEM. Nulidad del nombramiento de cualquier sustituto. Se anuncian y ofrecen medios de prueba. Costas. Acuerdo de cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-007-2023 de fecha 20 de enero del 2023. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 29 M. 2023 ____ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado FERNANDO PUERTO CASTRO, en su condición de representante legal del señor LUIS ROBERTO GUIFARRO DUARTE, en su condición personal, promoviendo demanda especial en materia de personal contra el Estado de Honduras, a través de la COMISIÓN TÉCNICA LIQUIDADORA de la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, con orden de ingreso No. 0801-2022-00978. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro del demandante a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones. Así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha que sea reintegrado, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social y las vacaciones que debería haber gozado, bonificación de vacaciones y los aumentos otorgados durante la secuela del juicio desde la fecha de la cancelación hasta que sea reintegrado el demandante. Se acredita representación. Poder. En relación al Acuerdo No. CTL-1455-2022 de fecha 04 de julio de 2022, de CANCELACIÓN POR CESANTIA. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 29 M. 2023