Aviso No. 2022-5418 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica SPORTLINE
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2022-5418
- Publicación: 13 de febrero de 2023
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 36,154
- Categoria: Mercantil
Texto completo
Número de Solicitud: 2022-5418 Fecha de presentación: 2022-09-12 Fecha de emisión: 14 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: Marca de Fábrica
- A)
TITULAR Solicitante: SPORT LINE, S. DE R.L. Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
- D)
APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA
- E)
CLASE INTERNACIONAL (25)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SPORT LINE
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones:
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, camisetas, gorras, sandalias, para adultos y niños, botas de deporte, botas de fútbol / botines de fútbol, calcetines absorbentes del sudor, calzado de playa, calzones de baño/ shorts de baño, camisas de manga corta, camisetas de deporte, camisetas de deporte sin mangas, chalecos, chaquetas, conjuntos de vestir, gorras, guantes de ciclismo, medias absorbentes del sudor, medias, ropa de gimnasia, ropa de deporte con sensores digitales integrados, zapatillas de gimnasia, zapatillas de deporte, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de la ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 E, 13 y 28 F. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de octubre del dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la abogada CINTHIA CONSUELO CRUZ FIGUEROA, en su condición de representante procesal del señor NORMAN GEOVANY FLORES FONSECA, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-01637 contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE SALUD, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a su puesto de trabajo u otro en igual o mejores condiciones en la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que se efectuó la cancelación a mi representado de manera ilegal, hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria.-Reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones. - Especial condena en costas a la parte demandada y vendida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. Se acompaña documentos. -Devolución y cotejo. -Poder. En relación al Acuerdo de cancelación Nº 13000-2022 de fecha 28 de septiembre del 2022. ABG KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 13 F. 2023