Aviso No. 0801-2024-00477 — Demanda contencioso administrativa en materia personal
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2024-00477
- Publicación: 14 de noviembre de 2024
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,689
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de junio de dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el Abogado DANIEL ALEXANDER ORTIZ en su condición representante procesal de la señora ELVA PATRICIA MONTOYA FLORES, interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia personal con orden de ingreso 0801-2024-00477, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, contraída a solicitar "Demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal. Se promueve demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal. Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico el acuerdo de cancelación número no aduanas- de-gngth-074-2024 de fecha 29 de mayo del año 2024 dictado por la Administración Aduanera de Honduras, que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrado.- Aumentos salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar.- Se acompañan documentos. Se acredita representación.- Costas. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETRARIO ADJUNTO 14 N. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 18 de marzo del 2024