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24 de mayo de 2024Vigente

Aviso No. 67-2024-S.P.S. — Aviso de demanda contencioso-administrativa interpuesta por SITRAUNAH

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula

  • Decreto: 67-2024-S.P.S.
  • Publicación: 24 de mayo de 2024
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
  • Gaceta: 36,542

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en la Ciudad de San Pedro Sula,Departamento de Cortés,en aplicación del artículo cincuenta (50) de la ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: que en fecha diecinueve de abril del año dos mil veinticuatro (2024) el Abogado Rosman Wilfredo Montiel Flores, en su condición de Apoderado Judicial del señor Roberto Alcides Sánchez Herrera, quien a su vez actúa en condición de Presidente y Representante Legal del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (SITRAUNAH).- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2024-00066.-LAPy número asignado en el Juzgado 67-2024-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. Demanda en materia ordinaria, para que se decrete la nulidad de un Acto Administrativo consiste en la resolución N°. 046-2024 de fecha veintidós de febrero del año dos mil veinticuatro y notificada en fecha ocho de marzo del año dos mil veinticuatro que confirma la resolución de recurso de apelación número 403-2023 de fecha quince de diciembre del año dos mil veintitrés que resuelve el recurso de apelación interpuesto contra la resolución N°. DGT 071/2022 emitido por la Dirección General del Trabajo de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, dictada el seis de junio del año dos mil veintidós dadas en el expediente administrativo 062/2022/DGT, por haberse dictado en evidente infracción al ordenamiento jurídico vigente, exceso y desviación de poder, violación a la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley General de la Administración Pública.- estatutos vigente y de obligatoria aplicación el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (SITRAUNAH), reconocimiento de la situación juridica individualizada y para su pleno restablecimiento se ordene como medida necesaria el no registro de la juta directiva impugnada y que cualquier fondo que sea haya utilizado por esa Ilegal Junta Directiva deba de ser devuelta por la Secretaría de esta en los Despacho de Trabajo y Seguridad Social al Sindicato que Representa.- Suspensión del Acto Impugnado.- COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, dieciséis de mayo del año dos mil veinticuatro. Licenciado: Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 24 M. 2024 _____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO