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18 de marzo de 2024Vigente

Aviso No. 0801-2024-00130 — Demanda especial en materia personal contra Instituto Nacional de Migración

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2024-00130
  • Publicación: 18 de marzo de 2024
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,488

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco (05) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la señora LAURA YAQUELIN ARAUZ GUZMAN, interponiendo demanda especial en materia personal, con número de ingreso 0801- 2024-00130, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través del Instituto Nacional de Migración, para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. Adopción de medidas para su pleno restablecimiento entre ellas el reintegro al trabajo en iguales o mejores condiciones. Pagos de salarios dejados de percibir a títulos de daños y perjuicios. Costas. Se acompañan documentos. Petición. Poder. Manifestación. En relación al Acuerdo de Cancelación No. 003-2024 de fecha 15 de enero del año 2024. ABG. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 18 M. 2024 _________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de octubre del 2023, compareció a este Juzgado el ciudadano Luis Andrés Salinas Díaz, por la vía del procedimiento personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. SEDS 1604- 2023, con fecha 29 de septiembre del 2023, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Seguridad. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-01118. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 18 M. 2024

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada Nilda Marissa Mercado Valladares, en su condición de representante procesal de la señora Claudia Cecilia Hidalgo Figueroa, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, con orden de ingreso No.0801-2023-00426, sobre los actos impugnados consistentes en el Acuerdo número105-SRH-2023,de fecha ocho (08) de marzo del dos mil veintitrés (2023), efectivo a partir del quince (15) de marzo del dos mil veintitrés (2023), emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; que se anule el Acto Administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional a través del órgano competente y que consiste en el Acuerdo de Cancelación 105-SRH-2023 de fecha 08 de marzo de 2023, emitido en perjuicio de su representada, por no ser conforme a derecho su emisión; reconocimiento de la situación jurídica individualizada y adopción de medidas para su pleno restablecimiento, entre ellas se ordene la restitución al cargo permanente de asistente de director de política exterior de su representada o en otro de mejor derecho; pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta la fecha del reintegro al cargo (pago de salarios caídos), vacaciones, décimo tercero y décimo cuatro mes de salario, quinquenios, incrementos anuales, índice inflacionario por depreciación de la moneda conforme a la Ley del Banco Central de Honduras: Pago del índice legal sobre el monto total de la demanda consignada en el artículo 100 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo a título de indemnización por daños y perjuicios: Los pagos de los sueldos dejados de percibir durante la prosecución del presente juicio, pago de la indemnización y otros ajustes; pago de honorarios profesionales de los salarios dejados de percibir. Costas procesales profesionales y judiciales que resulten del juicio. ALAN MAURICIO MARTINEZ SECRETARIO ADJUNTO 18 M. 2024