Aviso No. 0801-2024-00166 — Demanda de ilegalidad y nulidad de Acuerdo de Cancelación 016-2024
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2024-00166
- Publicación: 15 de marzo de 2024
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,486
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado ALEJANDRO JOSÉ MONCADA MARTÍNEZ, en su condición de apoderado legal de la señora KENIA MILADIS MORALES MALDONADO,interponiendo demanda especial en materia de Personal, con número de ingreso 0801-2024-00166, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL, para que se declare la ilegalidad y nulidad del acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación número 016-2024 de fecha 01 de febrero del año 2024 emitido por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil por ser no conforme a derecho e incurrir en quebrantamiento del ordenamiento jurídico con exceso y desviación de poder. Se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de derechos que se reclaman, adoptando como medidas necesarias para su pleno restablecimiento el reintegro, al puesto de Meteorólogo I de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación ilegal hasta la fecha que se reintegrada al cargo, más el pago de derechos adquiridos como ser décimo tercer mes y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación en concepto de vacaciones que corresponda, así como nivelaciones y los aumentos que resulten en relación de su cargo durante la sustanciación del presente juicio. Con condena a costas del juicio. Se acompañan documentos. Se señala el lugar donde obran otros documentos. Cotejo y devolución de poder. En relación al Acuerdo Cancelación por Cesantía número 0162024 de fecha 01 de febrero de 2024. ABG. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 15 M 2024
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el señor JOSUE NEHEMIAS O Y ARCE NUÑEZ, REPRESENTADO en juicio por las Abogadas XIOMARA Y AL MIRA GÓMEZ GARMENDIA y FANNY XIOMARA GARMENDIA ESCOBAR, interponiendo demanda en materia de personal, con orden de ingreso No.0801-2023-01238, contra el ESTADO DE HONDURAS a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS. Para que se declare la nulidad del acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho el acto administrativo denominado Acuerdo de Cancelación número ADUANAS-DE-GNGTH-208-2023 de fecha 18 de octubre del año 2023 emitido por la Administración Aduanera de Honduras (AAH) notificado el 25 de octubre del año 2023. Para que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de ley. Que se declare reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias para reintegro al cargo. Pago de los sueldos dejados de percibir desde su cancelación injusta hasta la fecha de ejecución de la sentencia respectiva, pago de incrementos generales o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo que dure el litigio y derechos adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, vacaciones, cotizaciones al IHSS y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido por haber sido cancelado injustamente. Se enuncian medios de prueba. Citación y emplazamiento. Especial condena en costas del juicio. Se confiere poder. En relación al Acuerdo de Cancelación número ADUANAS-DE-GNGTH-208-2023 de fecha 18 de octubre del año 2023 y notificado en fecha 25 de octubre del año 2023. ABOG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 15 M 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de julio del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la abogada Xiomara Y al mira Gómez Garmendia, en su condición de representante procesal de la señora Sari Yaeli Gutiérrez Trochez, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, con orden de ingreso No.0801-2023-00815, para que se declare la nulidad del acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho consistente en el Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH- 120-2023, de fecha dos (02) de junio del dos mil veintitrés (2023), emitido por la Administración Aduanera de Honduras, notificado por la Administración Aduanera de Honduras (AAH), en fecha diecinueve (19) de junio del dos mil veintitrés (2023).- Para que se declare se ilegalidad y su nulidad por infracción de Ley.- Que se declare reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias para el reintegro del puesto del que su representada fue cancelada con el pago de los sueldos dejados de percibir desde su cancelación injusta hasta la fecha de la ejecución de la sentencia respectiva, pago de incrementos generales o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo que dure el litigio y derechos adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuatro mes, bonificaciones, vacaciones, cotizaciones en el INJUPEMP, pago de cotizaciones al IHSS y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido por haber sido cancelada injustamente.- Se anuncias medios de prueba.- Citación y emplazamiento.- Especial condena en costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Poder general para pleitos y gestiones administrativas. ALAN MAURICIO MARTINEZ SECRETARIO ADJUNTO 15 M. 2024