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14 de marzo de 2024Vigente

Aviso No. 2021-4112 — Solicitud de registro de marca de servicio Friocasa - Oscar Orlando Quijada Arias

Registro de la Propiedad Industrial

  • Decreto: 2021-4112
  • Publicación: 14 de marzo de 2024
  • Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
  • Gaceta: 36,485

Texto completo

Número de Solicitud: 2021-4112 Fecha de presentación: 2021-08-10 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: OSCAR ORLANDO QUIJADA ARIAS Domicilio: RES. ANDALUCIA, 13 CALLE, 13 AVE., EDIFICIO #1, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GÉNESIS GIANELLA PAZ GALDÁMEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (37)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FRIO CASA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "FRIO CASA" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de instalación y reparación de aires acondicionados; mantenimiento de sistemas de aire acondicionado, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 14M., 2 y 17 A. 2024. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de enero del dos mil veinticuatro (2024), se promovió la demanda por parte del señor CARLOS ROBERTO MURILLO CASTILLO, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2024-00109, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SALUD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 0242024, de fecha 15 de enero del año 2024, para que se declare no ser conforme a derecho, que se reconozca una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo permanentes u otros de igual categoría y jerarquía, se condene al pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea efectivamente reintegrado al cargo indicado, incluyendo los colaterales consistente en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que sea reintegrado a mi cargo, aumentos salariales que se devenguen mientras dure el proceso, que se asuma la cuota correspondiente a la Secretaría de Salud (SESAL) en lo referente al pago en el Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Poder.- ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 14 M. 2024