Aviso No. 0801-2024-00156 — Demanda contencioso administrativa contra Secretaría de Trabajo y Seguridad Social por nulidad de Resolución 194-2023
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2024-00156
- Publicación: 12 de marzo de 2024
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,483
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado JOSAFAT ALEXANDER IZAGUIRRE ZÚNIGA, en su condición de apoderado legal de la sociedad mercantil de la OPERADORA HONDUREÑA DE CINES, S.A. DE C.V., interponiendo demanda especial en materia Ordinaria, con número de ingreso 0801-2024 00156, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, para que se declare la nulidad parcial de un acto administrativo consistente en la Resolución número 194-2023 de fecha diez (10) de julio de dos mil veintitrés (2023), dictado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, en virtud de violentar la Constitución de la República, el Código de Trabajo y el ordenamiento jurídico vigente. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y medidas para su pleno restablecimiento. Anexos. Costas. En relación a la Resolución número 194-2023 de fecha 10 de julio del año 2023 y notificada en fecha 20 de diciembre del año 2023. ABG. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIA, POR LEY 12 M. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora MARIA ELENA ALVARADO MARTINEZ, actuando en su condición de representante de la sociedad mercantil GRUPO GUTIERREZ S. de R.L. de C.V., interponiendo demanda en materia Ordinaria ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01321, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, para que se declare la nulidad de un acto administrativo emitido con abuso y desviación de poder ante sanción administrativa registrada bajo expediente No ILN- 19564, consistente en una multa por valor de L. 250,000.00 impuesta la que es contrario a derecho. Indemnización por daños y perjuicios derivado del presente proceso. Que se reconozca la situación jurídica individualizada Se confiere poder. Petición. - En relación a la Resolución ILN-19564 de fecha 25 de julio del año 2023, notificada en fecha 17 de noviembre del mismo año. ABG. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 12 M. 2024
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de julio de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el señor HENRRY HONATT GUEVARA CHAVEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00786.- Demanda en Materia de Personal en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.- Se promueve demanda contenciosa administrativa en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada para su pleno restablecimiento se reconozca el reintegro al trabajo en igual o mejor categoría y condiciones a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir.- Pago de los derechos adquiridos durante el transcurso del juicio como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones.- Y otros derechos que me pudieran corresponder.- Condena en costas.- Petición y poder. Se acompañan documentos. - En relación al Acuerdo No.511- 2023 de fecha 29 de junio 2023. Viky Mariel Montoya Ruíz SECRETARIA, POR LEY 12 M. 2024 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de noviembre del año dos mil veintidós (2022), se promovió la demanda por parte de la señora JULIA VIRGINIA DEL CARMEN CARIAS VALLADARES, interponiendo demanda Contencioso Administrativo en Materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2022-01896, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en la RESOLUCION SDN No. 172-2022, de fecha 14 de noviembre del año 2022, el reconocimiento de una situación jurídica individualizada a efecto de que se anule la resolución de la Secretaría de Estado en los Despachos de Defensa Nacional, documento donde se niega el derecho a el pago del complemento, de auxilio de cesantía laboral a una exmiembro de las Fuerzas Armadas de Honduras.-Se señala el lugar donde se encuentra el expediente administrativo.- Citar on y emplazamiento al Procurador General de la República como representante legal del Estado de Honduras.- Librar comunicaciones.- Inspección personal del Juez.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 12 M. 2024 _________ PODER JUDICIAL AVISO CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR