Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
18 de agosto de 2025Vigente

Aviso No. 0801-2025-00413 — Aviso de demanda en contencioso administrativo - Carlos Antonio López Vásquez

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2025-00413
  • Publicación: 18 de agosto de 2025
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,919

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de junio del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el ciudadano CARLOS ANTONIO LOPEZ VASQUEZ, incoando demanda con orden 0801-2025-00413, vía procedimiento especial en materia de personal, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través DE LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS (ENAG), que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No. 17-2025 de fecha treinta (30) de mayo del dos mil veinticinco (2025), por no ser dictado conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, incluso con exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para el restablecimiento de los derechos.- Se ordene al Estado de Honduras a través de la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG), al reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de cancelación hasta la fecha de la debida reinstalación al cargo, más el pago de los beneficios que ocurran durante el juicio tales como décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, incrementos salariales, vacaciones, bonificación en concepto de vacaciones, bono alimenticio y otros derechos otorgados a los demás trabajadores en ausencia del actor más los intereses que correspondan.- Se acompañan documentos.- Poder.- Costas. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 18 A. 2025