Aviso No. 0801-2025-00494 — Demanda ordinaria de nulidad de actos administrativos - Silvia Mariscela Flores Ordoñez
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2025-00494
- Publicación: 11 de agosto de 2025
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,913
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta (30) de julio del dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado CRISTIAN GERARDO MEDINA SEVILLA, en su condición de representante procesal de la señora SILVIA MARISCELA FLORES ORDOÑEZ, incoando demanda en materia ordinaria con orden de ingreso número 0801-2025-00494, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE SALUD, se interpone demanda ordinaria para que se declare la nulidad e ilegalidad de Actos Administrativos de carácter particular consistente en 1) un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaria de Estado en el Despacho de Salud por no resolver en los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo el reclamo presentado en fecha dos (02) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024); y, 2) un acto presunto silencio negativo constituido por la Secretaria de Estado en el Despacho de Salud por no resolver en los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento administrativos el recursos de reposición presentado en fecha nueve (09) de junio del año dos mil veinticinco (2025), por haber sido emitidos con vicio de nulidad absoluta, que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violentado se ordene mediante sentencia definitiva la reasignación o reclasificación al cargo de Asesor Legal, por estar realizado las funciones y atribuciones de dichos cargo de manera funcional desde el diecisiete (17) de febrero del dos mil veinte (2020), acción de personal que deberá ser emitida mediante el respectivo acuerdo además en aplicación del principio constitucional de “igual trabajo igual salario” se reconozca la nivelación salarial incluyendo los demás derechos laborales del cargo de asesor legal, dicha nivelación salarial deberá ser pagada de manera retroactiva desde el diecisiete (17) de febrero del dos mil veinte (2020) hasta que se ejecute, asimismo se reconozca el pago del interés legal del 6% sobre la cantidad reconociendo los derechos laborales aumentos, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y quinquenios.- Se acredita poder.- Se acompañan documentos. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 11 A. 2025