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27 de mayo de 2025Vigente

Aviso No. 0801-2025-00321 — Demanda por declaración de ilegalidad y nulidad de actos administrativos y daños y perjuicios

Juzgado de Letras Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2025-00321
  • Publicación: 27 de mayo de 2025
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,848

Texto completo

AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 29 de abril del 2025, compareció a este Juzgado el Abogado Edgardo Andrés Chamba sis Bustillo, en su condición de Representante Procesal de los ciudadanos Juana Emilia, Lidia Agustina, Brunilda Judith, Guillermo Raúl y Vicente Pompilio todos de apellido Bustillo Barahona POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en la Resolución de fecha 21 de enero del 2025 y la Resolución de fecha siete de marzo del 2025, ambas dictadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Infraestructura y Transporte (SIT) en el reclamo administrativo No. 27-2020, reconocimiento de una situación jurídico individualizada y para su pleno reconocimiento se adopten las medidas necesarias para que se ordene el pago de la cantidad de ciento cincuenta millones seiscientos sesenta y dos mil sesenta y nueve lempiras con setenta y dos centavos (L. 155,672,169.72) en concepto de daños y perjuicios causados a la parte demandante producto de la expropiación de un lote de terreno de naturaleza privada más los intereses causados conforme al artículo 28 de la Ley de Contratación del Estado contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República. Quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2025-00321. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. KARINA ELIZABETH GALVEZ REYES SECRETARIA GENERAL 27 M. 2025