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23 de abril de 2025Vigente

Aviso No. 0801-2024-02655-CV — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor - Miguel Ángel Bonilla Reyes

Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán

  • Decreto: 0801-2024-02655-CV
  • Publicación: 23 de abril de 2025
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán
  • Gaceta: 36,820

Texto completo

La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que según expediente número 0801-2024-02655-CV, ante este Despacho de Justicia, compareció el señor MIGUEL ANGEL BONILLA REYES, con Documento Nacional de Identificación número 0801-1949-01914, solicitando la Cancelación y Reposición de Título Valor que consiste en Dos Certificados de Depósitos a Plazo Fijo No. 87724 y No. 87726, por un monto de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL LEMPIRAS (L2,500,000.00) emitido el veintiséis (26) de diciembre de mil veintitrés (2023), lo anterior se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C., 04 de febrero del 2025 ABOGADA ANDREA CELESTE MURILLO SECRETARIA ADJUNTA 23 A. 2025 _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de octubre del año dos mil veintidós (2022) compareció ante este Juzgado la señora JOSSELENTH LONNELY PALMA TREJO, incoando demanda contencioso-administrativa vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2022-01693, en contra del Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, contraída a solicitar promueve demanda contenciosa administrativa en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo emitido con infracción al ordenamiento jurídico. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada para su pleno restablecimiento, se reconozca el reintegro al trabajo en igual o mejor categoría y condiciones. A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, pago de los derechos adquiridos durante la secuela del juicio como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones y otros derechos que le pudieran corresponder, condena en costas. Petición y poder.- Se acompañan anexos. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 23 A. 2025