Aviso No. 0801-2024-00276 — Demanda de Alba Esperanza Solís Elvir contra Administración Aduanera de Honduras
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2024-00276
- Publicación: 21 de febrero de 2025
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,772
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la señora ALBA ESPERANZA SOLÍS ELVIR, quien confirió poder a las Abogadas XIOMARA Y AL MIRA GÓMEZ GARMENDIA Y FANNY XIOMARA GARMENDIA ESCOBAR, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00276, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, por no ser conforme a derecho el acto administrativo denominado Acuerdo de Cancelación No.ADUANAS-DE-GNGTH-026-2024, de fecha 26 de febrero de 2024, emitido por la Administración Aduanera de Honduras (AAH), notificado en fecha 04 de marzo de 2024. Para que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de Ley, que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias para reintegro al cargo, pago de los sueldos dejados de percibir desde mi cancelación injusta hasta la fecha de ejecución de la sentencia respectiva, pago de incrementos generales o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo que dure el litigio y derechos adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, vacaciones, cotizaciones de INJUPEMP, pago de cotizaciones al IHSS y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido por haber sido cancelado injustamente, especial condena en costas del juicio, se anexan documentos, poder, petición. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 21 F. 2025