Aviso No. 0801-2023-00664 — Demanda de Reina Leticia Rodríguez contra Estado de Honduras
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2023-00664
- Publicación: 21 de febrero de 2025
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,772
Texto completo
AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno (31) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora REINA LETICIA RODRIGUEZ, contra el Estado de Honduras a través del Congreso Nacional, con orden de ingreso 0801-2023-00664, incoando demanda contenciosa administrativa especial en materia personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo CAN-CN-031-2023- GRH, de fecha once (11) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), por no ser dictado conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley incluso con exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y se adopten como medidas necesarias para el restablecimiento de los derechos, se ordene al Congreso Nacional el reintegro a un puesto de trabajo de igual o mejor categoría a mi representada y a títulos de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que con sujeción de las normas procesales quede firme la sentencia.- Más el pago de los beneficios que ocurran durante el juicio, como el décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones no gozadas y reconocimiento de los incrementos salariales. Condenas en costas.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos.- Poder.- Relacionado con el Acuerdo de Cancelación CAN-CN-031-2023-GRH de fecha 11 de mayo del 2023. LIC CINTHIA G. CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 21 F. 2025
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