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2 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2026-00466 — Aviso de demanda contencioso administrativa en materia de personal contra SEDESOL

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa

  • Decreto: 0801-2026-00466
  • Publicación: 2 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa
  • Gaceta: 37,236
  • Categoria: Laboral

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un ciudadano demandó ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo al Estado de Honduras (SEDESOL) por la nulidad de un acuerdo de cancelación laboral del 23 de febrero de 2026. El juicio busca declarar ilegal el despido y restablecer la situación laboral del demandante. Se notifica públicamente a las partes interesadas sobre el inicio del proceso judicial.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de marzo del año 2026, compareció a este Juzgado el ciudadano JOHANS ORLANDO VARGAS LAMBUR, en su condición personal, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN N°. 099-SEDESOL-2026 de fecha 23 de febrero del 2026, emitida por el Estado de Honduras por actuaciones de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras, a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2026-00466. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 2 S. 2026. _____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de julio del 2026 AVISO