Aviso No. 0801-2026-02604 — Demanda contencioso administrativa - Emma Sarahi Navarro Roque contra Secretaría de Agricultura y Ganadería
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa
- Decreto: 0801-2026-02604
- Publicación: 26 de agosto de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, Tegucigalpa
- Gaceta: 37,230
- Categoria: Administrativo
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintinueve de mayo del año dos mil veintiséis (2026), por el Abogado Carlos Armando Rodriguez Vasquez, en su condición de Apoderado Judicial de los señores Nolvin Esmelin Aguilar Tejada,Mauro Rene Brizuela Lara,Marlon Josuéde Jesús Melgar, José Alexhander Cruz García, Jorge Orlando Dubon Madrid, Heber Antonio Figueroa Canela, Edras Adonay Vásquez Matheu, Cristian José Arita Rodriguez, Alexi Ordoñez Ordoñez. Interpone demanda con número 0501-2026-00317-LAP, contra del Estado de Honduras representado por el Abogado Dagoberto Aspra Iglesias, en su condición de Procurador General de la República por actos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación; dicha demanda tiene como finalidad se declare no conforme a derecho y se anulen los actos administrativos de carácter particular Consistentes en los Acuerdos números I. Acuerdo de Cancelación N° 1935-SE-2026 Nolvin Esmelin Aguilar Tejada, 1988-SE-2026 Mauro Rene Brizuela Lara, 1989- SE-2026 Marlon Josué de Jesús Melgar, 1939-SE-2026 José Alexhander Cruz García, 1937-SE-2026 Jorge Orlando Dubon Madrid, 1938-SE-2026 Heber Antonio Figueroa Canela, 1991-SE-2026 Edras Adonay Vásquez Matheu, 1990- SE-2026 Cristian José Arita Rodriguez y 1936-SE-2026 Alexi Ordoñez Ordoñez. Todos de fecha treinta (30) de abril del año dos mil veintiséis (2026), emitidos por la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC), notificados efectivamente en fecha once de mayo del año dos mil veintiséis emitido por el Coordinador General del Gabinete de Gobierno y Secretario Privado de la Presidencia de la República y el Secretario de Estado en el Despacho de Educación, mediante los cuales se dispuso a cancelar y dar por terminado la relación administrativa de empleo entre el Estado y los servidores públicos Nolvin Esmelin Aguilar Tejada, Mauro Rene Brizuela Lara, Marlon Josué de Jesús Melgar, José Alexhander Cruz García, Jorge Orlando Dubon Madrid, Heber Antonio Figueroa Canela, Edras Adonay Vásquez Matheu, Cristian José Arita Rodriguez, Alexi Ordoñez Ordoñez, por reducción forzosa de servicios y de personal, se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistente en el reintegro a sus cargos o a otros de igual o mejores categoría, condiciones y remuneración el pago de salarios dejando de percibir a título de daños y perjuicios, así como el pago de salarios ordinarios efectivamente devengados y no cancelados hasta el día que efectivamente laboraron, así mismo la nulidad del acto administrativo por el cual se hubiere designado sus sustituto, el pago de demás derechos laborales que les hubieren correspondidos durante el tiempo en que permanecieron ilegalmente separados del cargo incluyendo incrementos salariales, quinquenios, décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones ordinarias, vacaciones adeudadas y demás beneficios inherentes al cargo desde la fecha de efectividad del acto impugnado siendo este el once de mayo del año dos mil veintiséis hasta su efectividad, reintegro, reconocimiento de antigüedad laboral indemnización derivada de la afectación de su relación previsional con el Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP). Catorce de agosto del año dos mil veintiséis Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 26 A. 2026 Sección B Avisos Legales
Leyes relacionadas
- Decreto Ejecutivo No. PCM-017-2025 — Aprobación del Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP) anual 2026-2029 (Decreto PCM-017-2025, 2025)
- Reglamento No. 0263-ARSA-2025 — Reglamento Técnico Hondureño de Harina de Maíz Nixtamalizado para Consumo Humano (Decreto 0263-ARSA-2025, 2026)
- Decreto 75-2024 Cobro Telefonía Móvil y Cable en Lempiras — Este decreto reforma la Ley de Protección al Consumidor para prohibir que empresas de telefonía, cable e internet firmen contratos por más de 6 meses, cobren en moneda distinta al lempira, o causen daño sin prestar servicio. También otorga descuentos de 25% a adultos mayores y 30% a personas de cuarta edad en servicios móviles. (Decreto 75-2024, 2024)
- Resolución — Marco regulatorio sobre Indicadores de Género del Sector Telecomunicaciones
- Decreto Ejecutivo PCM 27-2024 mediante el cual se crea el Sistema Integral de Garantía de Derechos de la Niñez y Adolescencia en Honduras (SIGADENAH) — Este decreto aprueba la Política Nacional de Primera Infancia, Niñez y Adolescencia 2024-2033, que establece tres objetivos estratégicos: sobrevivir en ambiente sano, acceder a educación de calidad y vivir sin violencia. Ordena a todas las instituciones del gobierno implementar esta política para proteger y garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes en Honduras. (Decreto 27-2024, 2024)