Vigente
Decreto No. 0801-2026-00901 | 27 de julio de 2026 | Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo | La Gaceta No. 37,204

Aviso No. 0801-2026-00901 — Demanda contencioso-administrativa por cancelaciones - Instituto Nacional de Migración

Texto completo

Que en fecha ocho (08) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció ante este Juzgado los ciudadanos JORGE DAVID HERNANDEZ ORELLANA, CARLOS ALFREDO MUÑOZ CABRERA y ROGER LENIN MENCIAFUENTES, en su condición de parte demandante, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, con orden de ingreso número 0801-2026-00901, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, consistente en el ACUERDOS DE CANCELACIÓN No. 132-2026, 134- 2026, y 136-2026, contraída a solicitar: "Se presenta demanda vía procedimiento especial en materia de personal, para que en sentencia definitiva se declare la nulidad de dos actos administrativos de carácter particular, reconocimiento de una situación jurídica individualizada por las cancelaciones ilegal e injustificadas contenidas en los Acuerdos de Cancelación número 132-2026, 134-2026 y 136-2026 emitidos por el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Migración, mediante el cual se nos cancela con especial violación nuestras garantías constitucionales, exceso y desviación de poder.- Que se conceda el reconocimiento de una situación jurídica individualizada que consiste en el reintegro a nuestro puesto en iguales o mejores condiciones de trabajo como medidas para el pleno restablecimiento de nuestros derechos.- Otorgamiento de ascensos y aumentos al grado que correspondan.- Y a título de daños y perjuicios el pago de los sueldos y salarios dejados de percibir desde el despido o cancelación ilegal e injustificada, pago de décimo cuarto mes de salarios, décimo tercer mes de salarios, vacaciones, aumentos desde la fecha de cancelación hasta que se ejecute la sentencia.- Se ordene el pago de las aportaciones patronales correspondientes a INJUPEMP y el Instituto Hondureño de Seguridad Social.- Costas del Juicio.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Se acompañan documentos". ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 27 J. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:

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