VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2025-3580 | 22 de junio de 2026 | Registro de la Propiedad Industrial | La Gaceta No. 37,174

Aviso No. 2025-3580 — Solicitud de registro de marca de fábrica Armonara

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Una empresa costarricense (Laboratorios Saval) solicita proteger la marca "Armonara" para un medicamento a base de ashwagandha que trata problemas de sueño. Este registro impide que otros usen este nombre para productos similares, protegiendo los derechos comerciales de la empresa ante la ley de propiedad industrial.

Texto completo

Número de Solicitud: 2025-3580 Fecha de presentación: 2025-05-29 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval Costa Rica S.A. Domicilio: 500 metros al Sur del cruce de Taras sobre la autopista Florencio del Castillo, Cartago, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Armonara G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparado farmacéutico a base de ashwagandha para aliviar trastornos del sueño, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2026 _______

Leyes relacionadas