VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2025-4632 | 7 de julio de 2026

Aviso No. 2025-4632 — Solicitud de registro de marca de servicio TOP FLOWERS

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este aviso registra la marca de servicio "TOP FLOWERS" a nombre de Perla Rubi Rodríguez Baires. La marca protege servicios de venta minorista y mayorista de arreglos florales, regalos complementarios (vinos, chocolates, peluches) y servicios relacionados con floristerías, tanto en tiendas físicas como por medios digitales en Honduras.

Texto completo

Número de Solicitud: 2025-4632 Fecha de presentación: 2025-07-11 Fecha de emisión: 26 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: PERLA RUBI RODRIGUEZ BAIRES Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TOP FLOWERS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TOP FLOWERS” en su forma conjunta, así como la apariencia de su etiqueta sin dar exclusividad de uso a las palabras “Top y Flowers” de forma separada, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta al por menor y al por mayor, en establecimientos físicos y a través de medios electrónicos o digitales, de arreglos florales elaborados con flores naturales combinadas y preparadas; comercialización de productos complementarios para regalo, tales como vinos, chocolates, peluches, frutas, globos decorativos con y sin helio de diferentes tamaños, formas y colores, tarjetas de felicitación, cajas personalizadas y artículos para celebraciones: servicios de distribución, promoción, importación, exportación, intermediación y comercialización de los productos antes descritos; servicios de organización, administración y gestión de negocios comerciales relacionados con floristerías y regalos; servicios de asesoramiento en ventas, promoción de productos, atención al cliente y fidelización en el ámbito del comercio de flores, arreglos y artículos para ocasiones especiales, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2026 _______

Leyes relacionadas