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10 de marzo de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2026-00158 — Aviso de demanda en procedimiento especial en materia personal contra Secretaría de Gobernación

Poder Judicial

  • Decreto: 0801-2026-00158
  • Publicación: 10 de marzo de 2026
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Categoria: Administrativo

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un juzgado administrativo notifica que un ciudadano presentó una demanda contra la Secretaría de Gobernación para anular una cancelación administrativa que considera ilegal. El juzgado busca reconocer y restablecer los derechos afectados del demandante mediante medidas legales.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco de febrero del año 2026, compareció a este Juzgado el Abogado CARLOS ALEXIS ARGUETA VIJIL, en su condición de representante procesal de la ciudadana IRIS GEORGINA ANARIBA CASTILLO, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN N°. 074-2026 de fecha 06 de enero del año 2026, dictado por la Secretaría de Estado en el Despacho Gobernación, Justicia y Descentralización. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801- 2026-00158. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 10 M. 2026 _________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO