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Decreto No. 0801-2025-00749 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2025-00749 — Demanda contencioso administrativa - Alejandra Guadalupe Ramírez Vásquez contra Instituto de la Propiedad
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Resumen
Estos avisos publican tres demandas laborales contra entidades estatales (Instituto de la Propiedad, Secretaría de Seguridad y Secretaría de Salud). Ciudadanos buscan anular decisiones administrativas que los despidieron o afectaron sus salarios, y exigen reingresos a sus puestos, pago de salarios no percibidos, bonificaciones y compensación por daños. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo debe resolver si las acciones del Estado fueron legales.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16)
de octubre del año dos mil veinticinco (2025), interpuso demanda
ante este Juzgado el Abogado José Noe Cortes Moncada,
Representante Procesal de la señora Alejandra Guadalupe Ramírez
Vásquez, con orden de ingreso número 0801-2025-00749, contra
el Estado de Honduras a través de Instituto de la Propiedad (IP),
incoando demanda para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular en materia de personal por
no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico,
con quebramiento de las formalidades esenciales establecidas en
la Ley. Que se reconozca una situación jurídica individualizada de
la titular de derechos que se reclaman y como medidas necesarias
para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante
sentencia definitiva, el reintegro al cargo de Auxiliar Tesorería
dependiente de la Dirección General Administrativa, del Instituto
de la Propiedad y a título de daños y perjuicios los salarios
dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal, hasta el
momento en que quede firma la sentencia definitiva condenatoria.
Incrementos salariales que en su caso tuviere el puesto del cual
fue cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio, más el
pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo
como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones
y bonificaciones por concepto de vacaciones. Condena en costas
a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia.
Daño moral. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar
cualquier actuación judicial.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
17 F. 2026.
______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28)
de enero del año dos mil veintiséis (2026), interpuso demanda
ante este Juzgado el señor Jaime Francisco Hernández García con
orden de ingreso número 0801-2026-00126, contra la Secretaría
de Seguridad, incoando demanda contenciosa administrativa para
que se declare la nulidad de un acto particular de la administración
pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico. Con
quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación.
Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por
haber lesionado derechos del administrado y para su pleno
restablecimiento que se ordene mi reintegro al cargo que ocupaba
y el pago de los salarios dejados de percibir e indemnizaciones que
en derecho corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere
poder. Condena en costas.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
17 F. 2026.
_____
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis
(16) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), interpuso
demanda ante este Juzgado la Abogada Cinthia Consuelo Cruz
Figueroa, Representante Procesal de la señora Karen Anneth
Reconco Sikaffy, con orden de ingreso número 0801-2024-00615,
contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Salud,
incoando demanda mediante el procedimiento ordinario para
que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter
particular consistente en un acto presunto por silencio negativo
constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud
(SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo
administrativo de incrementos de salario.- Que se reconozca una
situación jurídica individualizada de la titular de los derechos y
adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento
de los mismos, el reconocimiento mediante sentencia la nivelación
la base salarial, el pago de los incrementos y reajustes de salario,
de décimo tercero, décimo cuarto, bono de vacaciones, conforme
establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con
la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno
Central, incremento de salario bienal del 3.5% y demás derechos
desde el inicio de la relación laboral hasta la fecha que se ejecute
la sentencia.- Intereses.- Costas. Cotejo y devolución de poder.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
17 F. 2026.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 17 D E FEBRERO D E L 2026 N o . 37,072
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