VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2025-00897 | 12 de noviembre de 2024
Aviso No. 0801-2025-00897 — Aviso de demanda contencioso-administrativa interpuesta por FREDY ANTONIO DUARTE LOPEZ
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Resumen
Seguros Atlántida demanda al Instituto Nacional de Migración para anular una licitación de 2024, alegando que violó procedimientos legales y cometió exceso de poder. El demandante busca declarar nula la resolución, recibir indemnización por daños y que se restablezca su situación legal afectada.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 24 de
marzo del año 2025 comparece el Abogado FABIAN JOSÉ
VILLEDA CORONA, representante procesal de la sociedad
mercantil SEGUROS ATLÁNTIDA, S.A., interpuso
demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-
2025-00242, contra el Estado de Honduras a través del Instituto
Nacional de Migración, se promueve demanda ordinaria
para que se declare la nulidad de un acto administrativo
por no ser conforme a derecho y como consecuencia: 1)
La nulidad total de la Resolución de Licitación número
010-INM-2024 de fecha 12 de noviembre de 2024 dictada por
el Instituto Nacional de Migración, todo en virtud de infringir
el ordenamiento jurídico, resolución dictada prescindiendo
del procedimiento establecido, con infracción del 35 de la Ley
de Procedimiento Administrativo (LPA) y exceso de poder
porque el derecho invocado fue apreciado incorrectamente,
lo que constituye un vicio inherente a la causa o contenido
del acto, produciendo infracción al artículo 25 IN FINE de
la Ley de Procedimiento Administrativo y en consecuencia
del segundo párrafo del artículo 35 de la misma Ley, por
error de derecho en la causa o motivo al haber interpretado
incorrectamente normas jurídicas aplicables para justificar la
emisión del acto administrativo impugnado, ocasionando la
infracción del artículo de la Ley de Contratación del Estado
e incurriendo la administración en desviación de poder por
haberse ejercido utilizando potestades administrativas con
fines distintos a los fijados por la ley, actos que contrarían
los dispuesto en el artículo 8 numerales 3) y 4) de la Ley
General de la Administración Pública (LGAP). Se ejerce
la acción para que se reconozca una situación jurídica
individualizada y que se adopten las medidas necesarias
para el pleno restablecimiento. Indemnización por daños
y perjuicios. Admisión. Publicaciones. Emplazamiento.
Audiencia Preliminar. Pruebas. Conclusiones. Se acompañan
documentos. Se señala el expediente administrativo como el
lugar en donde obran los originales. Anexos. Costas.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
16 F.2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 16 D E FEBRERO D E L 2026 N o . 37,071
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