VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2025-00018 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2025-00018 — Aviso Demanda Contenciosa Administrativa ARYERY PATRICIA VILLANUEVA BONILLA y MARTA ELIZABETH MANCIA FERRERA contra Secretaría de Salud
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Resumen
Este aviso notifica una demanda legal presentada por dos médicas contra la Secretaría de Salud para que declare nulos ciertos actos administrativos y ordene el pago de salarios, incrementos, bonificaciones y otros derechos retroactivos desde 2013, según lo establecido en la Ley del Estatuto del Médico Empleado.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha quince
(15) de enero del año dos mil veinticinco (2025), compareció
ante este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA
COLINDRES, actuando en su condición de representante
procesal de las señoras ARYERY PATRICIA VILLANUEVA
BONILLA y MARTA ELIZABETH MANCIA FERRERA,
incoando demanda vía procedimiento especial en materia
ordinaria con orden de ingreso 0801-2025-00018, contra el Estado
de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, para
que se declare ilegalidad y nulidad de Actos Administrativos de
carácter particular por no ser conformes a derecho por infringir el
ordenamiento jurídico, con quebrantamiento formalidades las de
esenciales establecidas en la ley. Que se reconozca una situación
jurídica individualizada de las adoptar medidas como titulares
de derechos y para necesarias el pleno restablecimiento que se
reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario
y reajuste del mismo conforme establece la Ley del Estatuto del
Médico Empleado; en relación con la Ley de Reordenamiento del
Sistema Retributivo del Gobierno Central, incentivo de salario
bienal del 3.5%, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario,
bono de vacaciones y demás derechos retroactivos a partir del 01
de enero del año 2013 y los incrementos que se otorguen durante
se tramite la presente demanda, hasta la fecha que se ejecute
la sentencia.- Costas.- Intereses. se acompaña poder, cotejo y
devolución.
ABG. ARNOLD JAVIER ALERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
5 M. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 5 D E MAYO D E L 2025 N o . 36,829
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