VigenteCategoria: Administrativo
18 de junio de 2025 | Poder Judicial | La Gaceta No. 37,091

Aviso — Aviso del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo - Demanda de VERÓNICA DALISAY GARCÍA ORTIZ contra Secretaría de Educación

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Resumen

Este documento publica tres avisos judiciales: una demanda contra la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción por nulidad de resoluciones administrativas; una demanda contra la Secretaría de Relaciones Exteriores por falta de pago de salarios y prestaciones a un diplomático; y una solicitud de cancelación y reposición de un certificado de depósito bancario. Notifica a las partes demandadas y al público sobre procesos legales en curso.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 18 de junio del 2025, compareció a este Juzgado la ciudadana: ROSA MELISSA PEREZ YANEZ en su condición personal, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en la Resolución STLCC-SG-039-2024 de fecha 19 de noviembre del 2024 y la Resolución STLCC- SG-007-2025 de fecha 11 de abril del 2024, ambos emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción. Contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-20 25-00450.Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA Secretaria Adjunta 11 M. 2026 Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 11 DE MARZO DEL 2026 No. 37,091 LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 29 de octubre del año 2025 comparece el Abogado JESUS RAMÓN CHONG MURCIA, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2025-00805, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, se promueve demanda por medio de la vía del proceso ordinario, para que se declare no conforme a derecho y en consecuencia se declare la nulidad de un acto administrativo por desviación y abuso de poder e infracción del ordenamiento jurídico.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno reconocimiento que se adopten las medidas necesarias siguientes: Que se haga cumplir desde su entrada en vigencia la Ley del Servicio Diplomático y Consular y el Manual de Puestos y Salarios de la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional (SRECI) para que se reconozcan los ajustes de salarios dejados de percibir más los ajustes correspondientes a los índices de inflación, el cumplimiento de aumentos generales y demás derechos adquiridos que por estar prescritos en el ordenamiento jurídico vigente son imprescriptibles por ser su no cumplimiento y reconocimiento imputables únicamente a esa Secretaría de Estado por su omisión.- Ordenar que se hagan las aportaciones complementarias al INJUPEMP en forma retroactiva.- Todo lo anterior desde la fecha en que se originó la obligación hasta la fecha en que se haga efectivo el pago y se cumpla con la sentencia que se dicte y posterior ejecución de la misma.- Pago de intereses, con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Se delega poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 11 M. 2026. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN CENTRO DE JUSTICIA CIVIL AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley: HACE SABER: Que en la SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR, registrada bajo el expediente número 0801-2026-00910-CV, presentada por el señor LEONIDAS ENRIQUE HERNANDEZ DISCUA, como parte solicitante, solicitando la cancelación y reposición del siguiente un Certificado de Depósito a Plazo Fijo con número de título valor 400549951, suscrito con BANCO DE AMÉRICA CENTRAL HONDURAS, S.A. (BAC/CREDOMATIC), a favor del señor LEONIDAS ENRIQUE HERNANDEZ DISCUA; debiendo dicho funcionario hacerle entrega de la respectiva cédula de notificación bajo las prevenciones de Ley pertinentes; asimismo, publíquese un extracto de la presente solicitud en el Diario Oficial La Gaceta con la descripción del referido título, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C., 06 de marzo del año 2026. MARYORI N. AGUILAR SECRETARIA ADJUNTA 11 M. 2026. _____ La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 12 D E MARZO D E L 2026 N o . 37,092

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