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4 de diciembre de 2025 | Poder Judicial
Aviso — Aviso de título supletorio de dominio - Dilcia del Tránsito Lara Welchez
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Resumen
Este aviso contiene dos procedimientos legales: Primero, Dilcia del Tránsito Lara Welchez solicita un título de propiedad para un terreno en Copán Ruinas que ha poseído por más de 10 años, permitiéndole obtener documentos legales sin título original. Segundo, una médica demanda al Ministerio de Salud para que le paguen aumentos salariales adeudados según la ley.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional
de Copán Ruinas del Departamento de Copán, al público
en general y para los efectos de Ley; HACE SABER
QUE: La señora DILCIA DEL TRANSITO LARA
WELCHEZ, con Documento Nacional de Identificación
número 0404-1978-00019 ha solicitado el otorgamiento
de un TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO del
inmueble siguiente: Un (1) lote de terreno ubicado en la
aldea de Sesesmil y Quebracho, jurisdicción del Municipio
de Copán Ruinas, Departamento de Copán, con un área
superficial de SETECIENTOS SETENTA Y TRES
METROS CUADRADOS (773.00 MTS2), equivalentes
a MIL CIENTO OCHO PUNTO SESENTA Y OCHO
VARAS CUADRADAS (1108.68 VRS2), equivalentes a
CERO PUNTO ONCE MANZANAS (0.11 MZS) con las
medidas y colindancias siguientes: Del punto 1-2 rumbo S
44°07'40"O, mide 12.28 metros, colinda con propiedad del
señor Vicente Vásquez; del punto 2-3 rumbo S 53°02'35"O,
mide 21.72 metros, colinda con propiedad del señor Vicente
Vásquez; del punto 3-4 rumbo N 41°59'53"O, mide 44.20
metros, colinda con propiedad del señor Claudio Alvarez
Amador; del punto 4-5 rumbo N 55°53'34"E, mide 3.40
metros, colinda con propiedad del señor Claudio Alvarez,
Amador calle por medio; del punto 5-6 rumbo S 47°00'00"E,
mide 4.90 metros, colinda con propiedad del señor Francis
Inés López Arias; del punto 6-1 rumbo S 79°00'00" E, mide
50 metros, colinda con propiedad de Francis Inés López
Arias. Y en virtud de tener más de diez años de posesión
de dicho terreno hace dicha solicitud del otorgamiento de
un TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO a través de su
Representante Procesal la Abogada ALEJANDRA ISABEL
MORALES INTERIANO.
Copán Ruinas, 04 de diciembre del año 2025
ABOGADA . ZENAYDA MARGOTH TORRES
CHINCHILLA. -SRIA. -
JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE
COPÁN RUINAS.-
6 F., 6 M. y 6 A. 2026
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa M.D.C., 29 de enero 2026
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha veinte (20) de enero de dos mil
veintiséis (2026), compareció ante este juzgado la Abogada
MILEIDI DILENIA MONTES GOMEZ, en su condición
de Representante Procesal de la señora ALEJANDRA
MARIA ZEPEDA ESPINOZA, interponiendo demanda
contenciosa administrativa en materia Ordinaria con orden
de ingreso 0801-2026-00092, contra el Estado de Honduras
a través de la SECRETARÍA DE SALUD, contraída a
solicitar "Se interpone demanda contenciosa administrativa
en materia ordinaria para la declaración de no ser conforme
a derecho y la anulación de unos actos administrativos de
carácter particular, consistentes en un acto administrativo
presunto negativo creado por silencio administrativo por
no resolverse dentro del plazo establecido en la Ley de
Procedimiento Administrativo o el reclamo administrativo
de incrementos de salarios según la Ley del Estatuto del
Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento
del Sistema Retributivo del Gobierno Central y la
RESOLUCIÓN N°. 1322-2025 de fecha 4 de diciembre de
2025, que resuelve el Recurso de Reposición contra el acto
negativo presunto, ambos actos emitidos por la Secretaría
de Estado en el Despacho de Salud.- Se reconozca la
situación jurídica individualizada del titular de los derechos
que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para
el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerable,
se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos
de salario según la Ley del Estatuto del Médico Empleado
en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema
Retributivo del Gobierno Central, Incremento de Salario
Bienal 3.5%, reajuste y pago de salarios, decimotercer mes,
decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás
derechos retroactivos desde el inicio de la relación laboral y
sentencia. Intereses. Poder. Costas".
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES
SECRETARIO ADJUNTO
6 M. 2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 6 D E MARZO D E L 2026 N o . 37,087
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
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