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4 de diciembre de 2025 | Poder Judicial

Aviso — Aviso de título supletorio de dominio - Dilcia del Tránsito Lara Welchez

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Resumen

Este aviso contiene dos procedimientos legales: Primero, Dilcia del Tránsito Lara Welchez solicita un título de propiedad para un terreno en Copán Ruinas que ha poseído por más de 10 años, permitiéndole obtener documentos legales sin título original. Segundo, una médica demanda al Ministerio de Salud para que le paguen aumentos salariales adeudados según la ley.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de Copán Ruinas del Departamento de Copán, al público en general y para los efectos de Ley; HACE SABER QUE: La señora DILCIA DEL TRANSITO LARA WELCHEZ, con Documento Nacional de Identificación número 0404-1978-00019 ha solicitado el otorgamiento de un TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO del inmueble siguiente: Un (1) lote de terreno ubicado en la aldea de Sesesmil y Quebracho, jurisdicción del Municipio de Copán Ruinas, Departamento de Copán, con un área superficial de SETECIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS (773.00 MTS2), equivalentes a MIL CIENTO OCHO PUNTO SESENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS (1108.68 VRS2), equivalentes a CERO PUNTO ONCE MANZANAS (0.11 MZS) con las medidas y colindancias siguientes: Del punto 1-2 rumbo S 44°07'40"O, mide 12.28 metros, colinda con propiedad del señor Vicente Vásquez; del punto 2-3 rumbo S 53°02'35"O, mide 21.72 metros, colinda con propiedad del señor Vicente Vásquez; del punto 3-4 rumbo N 41°59'53"O, mide 44.20 metros, colinda con propiedad del señor Claudio Alvarez Amador; del punto 4-5 rumbo N 55°53'34"E, mide 3.40 metros, colinda con propiedad del señor Claudio Alvarez, Amador calle por medio; del punto 5-6 rumbo S 47°00'00"E, mide 4.90 metros, colinda con propiedad del señor Francis Inés López Arias; del punto 6-1 rumbo S 79°00'00" E, mide 50 metros, colinda con propiedad de Francis Inés López Arias. Y en virtud de tener más de diez años de posesión de dicho terreno hace dicha solicitud del otorgamiento de un TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO a través de su Representante Procesal la Abogada ALEJANDRA ISABEL MORALES INTERIANO. Copán Ruinas, 04 de diciembre del año 2025 ABOGADA . ZENAYDA MARGOTH TORRES CHINCHILLA. -SRIA. - JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPÁN RUINAS.- 6 F., 6 M. y 6 A. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa M.D.C., 29 de enero 2026 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026), compareció ante este juzgado la Abogada MILEIDI DILENIA MONTES GOMEZ, en su condición de Representante Procesal de la señora ALEJANDRA MARIA ZEPEDA ESPINOZA, interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia Ordinaria con orden de ingreso 0801-2026-00092, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, contraída a solicitar "Se interpone demanda contenciosa administrativa en materia ordinaria para la declaración de no ser conforme a derecho y la anulación de unos actos administrativos de carácter particular, consistentes en un acto administrativo presunto negativo creado por silencio administrativo por no resolverse dentro del plazo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo o el reclamo administrativo de incrementos de salarios según la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central y la RESOLUCIÓN N°. 1322-2025 de fecha 4 de diciembre de 2025, que resuelve el Recurso de Reposición contra el acto negativo presunto, ambos actos emitidos por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.- Se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerable, se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario según la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, Incremento de Salario Bienal 3.5%, reajuste y pago de salarios, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos retroactivos desde el inicio de la relación laboral y sentencia. Intereses. Poder. Costas". ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 6 M. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 6 D E MARZO D E L 2026 N o . 37,087 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO

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