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23 de noviembre de 2023 | Poder Judicial

Aviso — Solicitud de Título Supletorio de Dominio - Olman Eliseo Cruz Mejia

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Resumen

Olman Eliseo Cruz Mejia solicita un título supletorio de dominio para un terreno de 69.41 metros cuadrados en Nueva Arcadia, Copán, que posee pacíficamente desde hace más de 10 años. Este proceso permite legalizar la propiedad de terrenos sin documentos originales cuando se demuestra posesión prolongada.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general, HACE SABER: Que con fecha dieciséis de noviembre del año dos mil veintitrés, el señor OLMAN ELISEO CRUZ MEJIA, a través de su apoderada legal la Abogada SURI MAGDALENA GONZALES PORTILLO, compareció presentando ante este despacho solicitud de TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, de un lote de terreno, ubicado en el barrio El Triángulo, jurisdicción del municipio de Nueva Arcadia, Copán; el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide tres punto veintisiete metros (3.27 Mts), colinda frente a carretera hacia Copán Ruinas; AL SUR, mide cuatro punto veintinueve metros (4.29 Mts), colinda con Carlos Marne Fernández Carpio; AL ESTE, mide dieciocho punto treinta y siete metros (18.37 Mts), colinda con Mario Roberto Hernández Urías; y, AL OESTE, mide dieciocho punto treinta y siete metros (18.37 Mts), colinda con Blanca Azucena Hernández; el cual tiene una área total de SESENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y UNO METROS CUADRADOS (69.41 Mts2).- Lote de terreno que lo posee quieta, pacífica e ininterrumpidamente desde hace más de 10 años y lo obtuvo mediante compraventa que le hiciera al señor CARLOS ALBERTO ORELLANA HERNANDEZ. La Entrada, Copán, 23 de Noviembre del 2023 ABG. ANNYIE DANIELA ZARAGOZA SECRETARIA 28 D. 2023, 29 E y 29 F. 2024 _______________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 29 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,473 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el abogado FAUSTO MOLINA CASTRO, quien actúa en su condición de Representante Procesal de la señora BESSY KARINA VALLECILLO FERRERA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01340, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 517-23, de fecha 29 de junio de 2023, notificado en fecha 05 de julio de 2023, del cual se alega notificación defectuosa, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro de mi representada a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea reintegrada a su puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en: décimo tercer mes de salario en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes de salario en concepto de compensación social y las vacaciones que se causen, así como la bonificación de las mismas, incrementos salariales y quinquenios que se otorguen a los empleados del sector público durante la secuela del juicio, desde la fecha de cancelación de mi representada hasta que se efectúe su reintegro, se acredita representación, se anexan documentos, condena en costas. Abg. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 29 F. 2024

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