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Decreto No. 0801-2023-00822 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2023-00822 — Demanda Contencioso Administrativa - Nulidad de acto administrativo de cancelación
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Resumen
Un trabajador de la Administración Aduanal demanda al Estado para anular su despido, argumentando que fue injustificado. Solicita ser reintegrado a su puesto y recibir todos los salarios, bonificaciones y beneficios que dejó de percibir desde su cancelación hasta que se resuelva el caso.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha veintiuno (21) de junio del año dos mil veintitrés
(2023), compareció a este Juzgado el señor WILMER
ERNESTO CHEVEZ, interponiendo demanda ante este
Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-00754, contra el
Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera
de Honduras en materia de personal. Para que se declare
la nulidad del acto administrativo de carácter particular
por no ser conforme a derecho el Acuerdo de Cancelación
No. ADUANAS-DE-GNGTH-118-2023; emitido por la
Administración Aduanera de Honduras (AAH) en fecha
29 de mayo del año 2023 y notificado a los 01 día del mes
de junio del año 2023. Para que se declare la ilegalidad y
nulidad por infracción de ley. Que se declare reconocimiento
de una situación jurídica individualizada y para su pleno
restablecimiento se adopten medidas necesarias para
reintegro al cargo. Pago de los sueldos dejados de percibir
desde la cancelación injusta hasta la fecha de ejecución
de la sentencia respectiva, pago de incrementos generales
o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo que
dure el litigio y derechos adquiridos como ser décimo
tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, vacaciones,
cotizaciones de INJUPEMP, pago de cotizaciones al IHSS
y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido
por haber sido cancelado injustamente. Se enuncian medios
de prueba. Citación y emplazamiento. Especial condena en
costas del juicio. - En relación al Acuerdo de Cancelación
No. ADUANAS-DE-GNGTH-118-2023, de fecha 29 de mayo
del año 2023 y notificado el 01 de junio del mismo año.
ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
21 F. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que
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