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4 de septiembre de 2023 | Congreso Nacional

Aviso — Aviso de Demanda en Materia de Personal contra INHGEOMIN

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Resumen

Estos avisos notifican demandas ante juzgados contencioso-administrativos donde empleados públicos impugnan cancelaciones o removals de sus puestos, pidiendo que se declaren nulos estos actos y se les reintegre al trabajo con pago de salarios atrasados y prestaciones laborales. Afecta a trabajadores del Estado que reclaman despidos ilegales contra agencias como ARSA, Aduanas, SAR y Ministerio Público.

Texto completo

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor JORDAN JAVIER AGUILAR ZELAYA, interponiendo demanda contencioso administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023-01280, contra el Estado de Honduras a través de la AGENCIA DE REGULACION SANITARIA, para que se declare nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ARSA-590-2023 de fecha 20 de noviembre del año 2023, que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación, hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha que se reintegrado.- Aumentos salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar.- Reconocimiento de antigüedad.- Se acompañan documentos.- Se acredita representación.- Costas.- ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 21 F. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado Eduardo Antonio Duarte Velásquez, en su condición de representante legal de la señora Farida Marisol Ruiz Borjas, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, con orden de ingreso No.0801-2023-01032, para declarar la nulidad de un acto administrativo en materia de personal consistente en el Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-173-2023, de fecha 04 de septiembre del 2023, notificado en fecha 05 de septiembre del 2023, emitido por la Administración Aduanera de Honduras, por no ser conforme este acto a derecho, al infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley. Que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de derechos reclamados y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de estos, el reintegro al cargo de Jefe de Sección Auditoría Previa Aduanera, de la Administración Aduanera de Honduras, salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación arbitraria hasta el reintegro al cargo mediante Sentencia condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales, que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado por despido ilegal durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como el décimo tercero y cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones en concepto de vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio. Se acompañan documentos. Se presenta poder.- Cotejo, devolución del original. ALAN MAURICIO MARTINEZ SECRETARIO ADJUNTO 21 F. 2024 Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 21 D E F E BRERO D E L 2024 N o . 36,466 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha uno de febrero del año dos mil veinticuatro, la abogada Denia Geraldina Escalón Posadas, actuando en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil denominada Cargill de Honduras, S.A. de R. L. de C.V; interpone demanda contra La Municipalidad de Santa Cruz de PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el Abogado EDGARDO ANDRÉS MOLINA ORTIZ, actuando en su condición de apoderado legal de la señora MAYRA LIZETH MACHADO GONZALEZ, interponiendo demanda especial en materia Personal, con número de ingreso 0801- 2023-01101, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS, acción Contenciosa cuyas pretensiones son la declaración de nulidad del Acuerdo SAR-No. 446-2023 del 07 de septiembre de 2023, emitido por el Director Ejecutivo del SAR. Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e incausada del cargo de fedatario fiscal de la ciudadana Mayra Lizeth Machado González, ordenando como medida para el restablecimiento de la situación el reintegro al régimen de carrera de empleados y funcionarios en el Servicio de Administración de Rentas en las mismas o mejores condiciones con el consecuente pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta que sea reintegrado, junto con las demás indemnizaciones legales correspondientes. Costas del juicio. Poder. En relación al Acuerdo SAR-No. 446-2023 de fecha 07 de septiembre del año 2023 y notificado el 08 de septiembre del mismo año. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 21 F. 2024 _____ Yojoa, departamento de Cortés; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 39-2024, con correlativo No. 0501-2024-00038-LAO, en este despacho dicha demanda ordinaria tiene como finalidad la impugnación parcial de un acto de carácter general consistente en el Plan de Arbitrios de la Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés, correspondiente al año fiscal 2024, con suspensión del acto impugnado, asimismo la compareciente solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias con el pleno restablecimiento de la misma, reconocimiento de nota decrédito. San Pedro Sula, Cortés. 08 de febrero del año 2024 Abogado Juan Antonio Madrid Guzman Secretatio General 21 F. 2024 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco (05) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el abogado EDGARDO ANDRÉS MOLINA ORTIZ, en su condición de apoderado legal del señor ERICK EMMANUEL ROBLEDO CERRATO, interponiendo demanda especial en materia Personal, con número de ingreso 0801-2023- 01312, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través del MINISTERIO PÚBLICO, acción Contenciosa cuyas pretensiones son la declaración de nulidad del Acuerdo de Remoción de cargo excluido del sistema de carrera FGR/ JAZ No. 032-2023 del 14 de noviembre de 2023, emitido por el Fiscal General de la República nombrado interinamente por la Comisión permanente del Congreso Nacional (CN) y que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada del ciudadano Erick Emmanuel Robledo Cerrato en el cargo de Subdirector administrativo de operaciones, ordenando como medida para el restablecimiento de la situación jurídica, el reintegro al puesto dentro de la carrera administrativa y el pago de todas las indemnizaciones legales correspondientes. Costas del juicio. Poder. En relación al Acuerdo de Remoción de cargo excluido del Sistema de Carrera FGR/JAZ No. 032-2023 de fecha 14 de noviembre del año 2023. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 21 F. 2024 Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 21 D E F E BRERO D E L 2024 N o . 36,466

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