Vigente
4 de septiembre de 2023 | Congreso Nacional
Aviso — Aviso de Demanda en Materia de Personal contra INHGEOMIN
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Resumen
Estos avisos notifican demandas ante juzgados contencioso-administrativos donde empleados públicos impugnan cancelaciones o removals de sus puestos, pidiendo que se declaren nulos estos actos y se les reintegre al trabajo con pago de salarios atrasados y prestaciones laborales. Afecta a trabajadores del Estado que reclaman despidos ilegales contra agencias como ARSA, Aduanas, SAR y Ministerio Público.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintisiete (27) de noviembre del año dos mil
veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor
JORDAN JAVIER AGUILAR ZELAYA, interponiendo
demanda contencioso administrativo, vía procedimiento
especial en Materia Personal con orden de ingreso número
0801-2023-01280, contra el Estado de Honduras a través de la
AGENCIA DE REGULACION SANITARIA, para que se
declare nulidad de un acto administrativo de carácter particular
consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN
No. ARSA-590-2023 de fecha 20 de noviembre del año
2023, que se anule totalmente el mismo por haber sido
adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que
se reconozca la situación jurídica individualizada y para su
pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto
de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el
pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la
cancelación, hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto
de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo
tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en
concepto de compensación social, quinquenios, bonificación
de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado
previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de
cancelación hasta la fecha que se reintegrado.- Aumentos
salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relacionan
con claridad los hechos de la demanda con los medios de
prueba que se pretenden utilizar.- Reconocimiento de
antigüedad.- Se acompañan documentos.- Se acredita
representación.- Costas.-
ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
21 F. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
veinte (20) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023),
compareció ante este Juzgado el Abogado Eduardo Antonio
Duarte Velásquez, en su condición de representante legal de
la señora Farida Marisol Ruiz Borjas, incoando demanda
vía procedimiento especial en materia de personal, contra el
Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera
de Honduras, con orden de ingreso No.0801-2023-01032,
para declarar la nulidad de un acto administrativo en materia
de personal consistente en el Acuerdo de Cancelación
No. ADUANAS-DE-GNGTH-173-2023, de fecha 04 de
septiembre del 2023, notificado en fecha 05 de septiembre
del 2023, emitido por la Administración Aduanera de
Honduras, por no ser conforme este acto a derecho, al
infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de
las formalidades esenciales establecidas en la Ley. Que se
reconozca una situación jurídica individualizada del titular
de derechos reclamados y adoptar como medidas necesarias
para el pleno restablecimiento de estos, el reintegro al
cargo de Jefe de Sección Auditoría Previa Aduanera, de la
Administración Aduanera de Honduras, salarios dejados de
percibir desde la fecha de la cancelación arbitraria hasta el
reintegro al cargo mediante Sentencia condenatoria,
reconociéndose los respectivos incrementos salariales,
que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado por
despido ilegal durante la secuela del juicio, más el pago
de los derechos laborales que ocurran durante el mismo
como el décimo tercero y cuarto mes de salario, vacaciones
y bonificaciones en concepto de vacaciones. Especial
condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio.
Se acompañan documentos. Se presenta poder.- Cotejo,
devolución del original.
ALAN MAURICIO MARTINEZ
SECRETARIO ADJUNTO
21 F. 2024
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 21 D E F E BRERO D E L 2024 N o . 36,466
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de
San pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al
artículo (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes; HACE SABER: Que en fecha uno de
febrero del año dos mil veinticuatro, la abogada Denia
Geraldina Escalón Posadas, actuando en su condición de
apoderada judicial de la Sociedad Mercantil denominada
Cargill de Honduras, S.A. de R. L. de C.V; interpone
demanda contra La Municipalidad de Santa Cruz de
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha nueve (09) de octubre del año dos mil veintitrés
(2023), compareció a este Juzgado el Abogado EDGARDO
ANDRÉS MOLINA ORTIZ, actuando en su condición
de apoderado legal de la señora MAYRA LIZETH
MACHADO GONZALEZ, interponiendo demanda
especial en materia Personal, con número de ingreso 0801-
2023-01101, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través
del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS,
acción Contenciosa cuyas pretensiones son la declaración
de nulidad del Acuerdo SAR-No. 446-2023 del 07 de
septiembre de 2023, emitido por el Director Ejecutivo del
SAR. Que se reconozca la situación jurídica individualizada
por la cancelación ilegal e incausada del cargo de fedatario
fiscal de la ciudadana Mayra Lizeth Machado González,
ordenando como medida para el restablecimiento de la
situación el reintegro al régimen de carrera de empleados
y funcionarios en el Servicio de Administración de Rentas
en las mismas o mejores condiciones con el consecuente
pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la
cancelación ilegal hasta que sea reintegrado, junto con las
demás indemnizaciones legales correspondientes. Costas del
juicio. Poder. En relación al Acuerdo SAR-No. 446-2023 de
fecha 07 de septiembre del año 2023 y notificado el 08 de
septiembre del mismo año.
ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
21 F. 2024
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Yojoa, departamento de Cortés; misma que se encuentra
registrada bajo el número No. 39-2024, con correlativo No.
0501-2024-00038-LAO, en este despacho dicha demanda
ordinaria tiene como finalidad la impugnación parcial de un
acto de carácter general consistente en el Plan de Arbitrios
de la Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz de
Yojoa, departamento de Cortés, correspondiente al año
fiscal 2024, con suspensión del acto impugnado, asimismo
la compareciente solicita el reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias
con el pleno restablecimiento de la misma, reconocimiento
de nota decrédito.
San Pedro Sula, Cortés. 08 de febrero del año 2024
Abogado Juan Antonio Madrid Guzman
Secretatio General
21 F. 2024
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha cinco (05) de diciembre del año dos mil
veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el abogado
EDGARDO ANDRÉS MOLINA ORTIZ, en su condición
de apoderado legal del señor ERICK EMMANUEL
ROBLEDO CERRATO, interponiendo demanda especial
en materia Personal, con número de ingreso 0801-2023-
01312, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través
del MINISTERIO PÚBLICO, acción Contenciosa cuyas
pretensiones son la declaración de nulidad del Acuerdo de
Remoción de cargo excluido del sistema de carrera FGR/
JAZ No. 032-2023 del 14 de noviembre de 2023, emitido por
el Fiscal General de la República nombrado interinamente
por la Comisión permanente del Congreso Nacional (CN)
y que se reconozca la situación jurídica individualizada por
la cancelación ilegal e injustificada del ciudadano Erick
Emmanuel Robledo Cerrato en el cargo de Subdirector
administrativo de operaciones, ordenando como medida para
el restablecimiento de la situación jurídica, el reintegro al
puesto dentro de la carrera administrativa y el pago de todas
las indemnizaciones legales correspondientes. Costas del
juicio. Poder. En relación al Acuerdo de Remoción de cargo
excluido del Sistema de Carrera FGR/JAZ No. 032-2023 de
fecha 14 de noviembre del año 2023.
ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
21 F. 2024
Sección B A v isos L egales
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E
P
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 21 D E F E BRERO D E L 2024 N o . 36,466
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