VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2022-01502 | 10 de octubre de 2023 | Poder Judicial | La Gaceta No. 36,150

Aviso No. 0801-2022-01502 — Demanda Contencioso Administrativa - Nulidad de acto administrativo por ANSEC

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Resumen

Este aviso notifica dos demandas ante el Juzgado Contencioso Administrativo. La primera solicita anular un acto administrativo de ANSEC contra María Maribel Elvir Aguilar. La segunda demanda, de José Antonio Portillo Leiva y otros, busca anular parcialmente un reglamento del IHADFA y obtener reintegro laboral con salarios adeudados desde su despido en agosto de 2022.

Texto completo

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 10 de octubre de 2023 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de septiembre del dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora MARÍA MARIBEL ELVIR AGUILAR, incoando demanda contencioso administrativa vía procedimiento especial en materia personal, con orden de ingreso No. 0801-2022-01502, contra el Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACIÓN DE SERVICIO CIVIL (ANSEC), solicitando: “...que se declare la nulidad de un Acto Administrativo. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 08 de septiembre del año 2023 el abogado Luis Alberto Munguía López, representante procesal de los señores José Antonio Portillo Leiva y otros, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01011, contra el Estado de Honduras a través, del Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia (IHADFA), incoando demanda ordinaria para que se declare no conforme a derecho y se anule parcialmente un Acto Administrativo de carácter general consistente en el acuerdo número 01-2022, emitido por la Junta Directiva del Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia (IHADFA), en fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veintidós (2022), y publicado en el Diario Oficial La Gaceta n°36,150 de fecha OCHO (8) de febrero de dos mil veintitrés (2023), contentivo de reglamento especial de registro y certificación, por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que las disposiciones impugnadas no le sean aplicables a mis representados; se anuncia medios de prueba; se acompaña documentos; habilitación de horas y días inhábiles. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 19 F. 2024 _____ Reconocimiento de la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se me reconozca el reintegro al trabajo en igual o mejores categorías y condiciones.- Reconocimiento de mi antigüedad laboral.- Se alega notificación defectuosa.- A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectividad de la cancelación por cesantía, hasta que de acuerdo a las normas procesales se ejecute mi reintegro.- Pago de los derechos adquiridos durante la secuela del juicio como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones y otros derechos que me pudieran corresponder, como ser aumento de salario en el cargo que ocupaba durante mi ausencia.- Condena en costas...” Lo anterior en relación al Acto Administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación número DGSC-096-2022 de fecha 31 de agosto del 2022. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA Secretario, Por Ley 19 F. 2024 _____

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