Aviso No. 2023-5022 — Solicitud de registro de marca de servicio - JET CARGO
Resumen
Este aviso publica el registro oficial de la marca de servicio "JET CARGO" solicitada por la empresa JET CARGO S. de R.L. La marca protege servicios de mensajería, entrega de paquetes y seguimiento de carga en Honduras. El registro permite a la empresa usar exclusivamente esta marca para identificar sus servicios de transporte y logística.
Articulos
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 31 E., 15 F. y 1 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el señor OSMAN ROLANDO BARAHONA ANDRADE, quien confirió poder al Abogado NELSON HUMBERTO FLETES CANALES, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01240, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública consistente en el Acuerdo de Cancelación por Cesantía No. 209-2023, de fecha 31 de octubre del 2023, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Agricultura y Ganadería. Por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente y que por ende se declare la nulidad del Acuerdo de Delegación No. 212-2023 de fecha 31 de octubre del 2023 en virtud de lo anterior, ya que además violenta la normativa vigente, que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos, ordenándose el reintegro a mi puesto de trabajo como Coordinador Regional de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, todo en iguales o mejores condiciones, se ordene el pago de mis salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha de mi cancelación hasta que mediante sentencia definitiva condenatoria se me reintegre al cargo, se me reconozcan los aumentos salariales que procedan durante la sustanciación del proceso, así como el pago de todo los demás derechos que ocurran durante ese tiempo, como el decimotercer mes y decimocuarto mes de salario, vacaciones y demás, incluyendo pago de INJUPEMP, IHSS y otros, especial condena en costas contra la parte demandada, se acompañan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 15 F. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 15 D E FEBRE R O D E L 2024 N o . 36,461 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de agosto del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor Ramón Rosnields Paz Urbina, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto Nacional de Migración, con orden de ingreso No. 0801- 2023-00858, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal consistente en el Acuerdo Número 067-2023, de fecha 23 de junio del 2023, emitido por el Instituto Nacional de Migración.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada de cancelación o separación injusta e ilegal y como medida para su pleno restablecimiento se le reintegre o restituya en su antiguo cargo, o a otro de igual o categoría y salario, más el pago de los sueldos dejados de percibir que le corresponden a partir de la fecha de su cancelación injusta hasta la fecha que sea reintegrado al cargo, más el pago de los derechos adquiridos, como décimo tercer mes, décimo cuarto mes y vacaciones que corresponda, así como los aumentos que resulte en relación a su cargo durante la secuela del juicio. Así como se decrete la nulidad del acto por el cual se hubiere designado el sustituto de su cargo, con condena en costas, se acompañan documentos.- Poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 15 F. 2024 _____ JUZGADO DE LETRAS REPUBLICA DE HONDURAS A V I S O T I T U L O S U P L ET O R I O