Vigente
Decreto No. 0801-203-01328 | 20 de octubre de 2023 | Congreso Nacional
Aviso No. 0801-203-01328 — Demanda contencioso administrativa en materia personal contra Secretaría de Seguridad por nulidad de acuerdo de cancelación
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Resumen
Este documento contiene varios avisos legales de demandas contencioso-administrativas presentadas por empleados públicos contra distintas instituciones del Estado. Los demandantes buscan que se declaren nulos los acuerdos de cancelación de sus empleos, argumentando que fueron despedidos ilegalmente sin seguir el procedimiento correcto. Solicitan ser reintegrados a sus cargos y recibir el pago de salarios atrasados y otras indemnizaciones.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
20 de octubre del 2023 la Abogada Nancy del Carmen
Mira Colindres, representante procesal de la señora Nidia
Clarissa Aragón Álvarez, interpuso demanda ante este
Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01134, contra
el Estado de Honduras a través del Congreso Nacional de
Honduras, incoando demanda por la vía del procedimiento
especial para declarar la nulidad de un acto administrativo
en materia de personal consistente en el Acuerdo CAN-
CN 058-2023- GRH, con efectividad del 30 de septiembre
de 2023, emitido por la Gerencia de Recursos Humanos
del Congreso Nacional, por no ser conforme a derecho al
infringir el ordenamiento jurídico, dictado prescindiendo
total y absolutamente del procedimiento establecido.- Que
se reconozca una situación jurídica individualizada de la
titular de derechos reclamados y adoptar como medidas
necesarias para el pleno restablecimiento el reintegro al
cargo de Asesora en el Congreso Nacional dependiente de
la Bancada del Partido Nacionalista de Honduras, a título de
daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir,
decimotercero, decimocuarto mes de salario, bonificación
de vacaciones desde la fecha de la cancelación arbitraria
hasta el reintegro al cargo mediante sentencia condenatoria,
reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en
su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada por despido
ilegal durante la secuela del juicio, especial condena en costas
a la parte demandada y vencida en acompañan documentos.
Poder cotejo y devolución.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
5 F. 2024
______
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de
Ocotepeque, al público en general y para efectos de
Ley, HACE CONSTAR: Que los señores MARGOT
NAVARRO BANEGAS, ANA KARINA HERRERA
NAVARRO, MELISSA MARIA HERRERA NAVARRO,
PEDRO EDGARDO HERRERA NAVARRO, WENDY
LIZETH HERRERA NAVARRO, ha solicitado Título
Supletorio del inmueble siguiente: Un lote de terreno con
un área de 367.82 VRS.2, ubicado en la Colonia Brisas
San Marqueñas, Bloque L., Lote 3, del Municipio de San
Marcos, Departamento de Ocotepeque, con las colindancias
siguientes: AL NORTE: Colinda con Ludwin Onan
Mejía Romero y Erlis Yude Mejía Romero; AL SUR:
Colinda con Alba Yolanda de Jesús Escalante; AL ESTE:
Colinda con calle de por medio con Filomena Concepción
Landaverde Jovel; AL OESTE: Colinda con Rafael Antonio
Hernández García.- Los cuales he poseído quieta, pacífica e
interrumpidamente por más de 20 años. Representante Legal
Abg. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA.
Ocotepeque, 01 de noviembre del año 2022
ABG. BLANCA CECILIA POLANCO GUZMAN. -SRIA.-
JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL
DE OCOTEPEQUE
5 F., 5 M. y 5 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,452
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve
(09) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este
Juzgado el Abogado EDGARDO ANDRÉS MOLINA ORTIZ,
quien actúa en su condición de Representante Procesal del señor
LUDOVICO MAZIER PADILLA, interponiendo demanda
en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01225,
contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN
ADUANERA DE HONDURAS. Para que se declare la
nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la
administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación
No. ADUANAS-DE-GNGTH-296-2023, de fecha 23 de octubre
de 2023, emitido por el Director Ejecutivo de la Administración
Aduanera de Honduras, que se reconozca la situación jurídica
individualizada por la cancelación ilegal e incausada del cargo de
Contador de Auditoría de Intervención Aduanera del ciudadano
Ludovico Mazier Padilla, ordenando como medida para el
restablecimiento de la situación el reintegro al puesto dentro de
la carrera administrativa de los funcionarios y servidores de la
Administración Aduanera de Honduras, con consecuente pago de
los salario dejados de percibir desde la fecha de la cancelación
ilegal hasta que sea reintegrado y demás indemnizaciones legales
correspondientes, se acompañan documentos, costas del juicio,
poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO.
5 F. 2024 _______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de diciembre
del año 2023 el señor Amílcar Velásquez Herrera, interpuso
demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-203-
01328, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de
Seguridad, incoando demanda por el procedimiento especial en
materia de personal, se interpone demanda para que se declare la
nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado
con infracción del ordenamiento jurídico, con quebrantamiento
de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento
de una situación jurídica individualizada por haber lesionado
derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se
ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios
dejados de percibir, o en su defecto, el pago de las prestaciones
laborales e indemnizaciones que en derecho corresponda. Mi
representado fue notificado del Acuerdo de Cancelación estando
con problemas de salud. Se acompañan documentos. Se confiere
poder. Condena en costas. En relación al Acuerdo de Cancelación
número 2177-2023 de fecha 05 de diciembre de 2023.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA.
5 F. 2024
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de
enero del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado
el Abogado WILSON OMAR DIAZ FLORES, en su condición
de representante procesal del señor NELSON FRANCISCO
AMADOR LOPEZ, incoando demanda en materia personal.
Con orden de ingreso número 0801-2023-00099, contra el Estado
de Honduras, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN
LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y
COOPERACION INTERNACIONAL, se interpone demanda
especial contencioso administrativo en materia de personal, para
que se declare la ilegalidad y nulidad del acto administrativo de
carácter particular por no ser conforme a derecho, reconocimiento
de una situación jurídica individualizada, adopción de medidas
necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos subjetivos
violentados, entre ellos se ordene mi restitución al cargo, pago de
salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños
y perjuicios, daño moral, reconocimiento de la antigüedad en el
servicio público, nivelación al cargo y demás derechos gozados
por los otros servidores públicos en nuestra ausencia, como
aumentos generales, índice inflacionario, quinquenios, más los
intereses que de dichas cantidades resulten de forma retroactiva;
indemnización por daños y perjuicios derivados del pago de
honorarios profesionales de los salarios dejados de percibir, costas
procesales, profesionales y judiciales que resulten del presente
juicio. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación
No. 835-SRH-2022 de fecha 19 de diciembre del 2022.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
5 E. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
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Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 7 FEBRERO D E L 2024 N o . 36,454
Sección “B”
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 17 de octubre del 2023
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25)
de septiembre de dos mil veintitrés (2023), compareció ante este
juzgado el abogada.
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