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Decreto No. 0801-203-01328 | 20 de octubre de 2023 | Congreso Nacional

Aviso No. 0801-203-01328 — Demanda contencioso administrativa en materia personal contra Secretaría de Seguridad por nulidad de acuerdo de cancelación

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Resumen

Este documento contiene varios avisos legales de demandas contencioso-administrativas presentadas por empleados públicos contra distintas instituciones del Estado. Los demandantes buscan que se declaren nulos los acuerdos de cancelación de sus empleos, argumentando que fueron despedidos ilegalmente sin seguir el procedimiento correcto. Solicitan ser reintegrados a sus cargos y recibir el pago de salarios atrasados y otras indemnizaciones.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de octubre del 2023 la Abogada Nancy del Carmen Mira Colindres, representante procesal de la señora Nidia Clarissa Aragón Álvarez, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01134, contra el Estado de Honduras a través del Congreso Nacional de Honduras, incoando demanda por la vía del procedimiento especial para declarar la nulidad de un acto administrativo en materia de personal consistente en el Acuerdo CAN- CN 058-2023- GRH, con efectividad del 30 de septiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Recursos Humanos del Congreso Nacional, por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico, dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de la titular de derechos reclamados y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento el reintegro al cargo de Asesora en el Congreso Nacional dependiente de la Bancada del Partido Nacionalista de Honduras, a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, decimotercero, decimocuarto mes de salario, bonificación de vacaciones desde la fecha de la cancelación arbitraria hasta el reintegro al cargo mediante sentencia condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada por despido ilegal durante la secuela del juicio, especial condena en costas a la parte demandada y vencida en acompañan documentos. Poder cotejo y devolución. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 5 F. 2024 ______ AVISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley, HACE CONSTAR: Que los señores MARGOT NAVARRO BANEGAS, ANA KARINA HERRERA NAVARRO, MELISSA MARIA HERRERA NAVARRO, PEDRO EDGARDO HERRERA NAVARRO, WENDY LIZETH HERRERA NAVARRO, ha solicitado Título Supletorio del inmueble siguiente: Un lote de terreno con un área de 367.82 VRS.2, ubicado en la Colonia Brisas San Marqueñas, Bloque L., Lote 3, del Municipio de San Marcos, Departamento de Ocotepeque, con las colindancias siguientes: AL NORTE: Colinda con Ludwin Onan Mejía Romero y Erlis Yude Mejía Romero; AL SUR: Colinda con Alba Yolanda de Jesús Escalante; AL ESTE: Colinda con calle de por medio con Filomena Concepción Landaverde Jovel; AL OESTE: Colinda con Rafael Antonio Hernández García.- Los cuales he poseído quieta, pacífica e interrumpidamente por más de 20 años. Representante Legal Abg. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA. Ocotepeque, 01 de noviembre del año 2022 ABG. BLANCA CECILIA POLANCO GUZMAN. -SRIA.- JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 5 F., 5 M. y 5 A. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,452 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el Abogado EDGARDO ANDRÉS MOLINA ORTIZ, quien actúa en su condición de Representante Procesal del señor LUDOVICO MAZIER PADILLA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01225, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-296-2023, de fecha 23 de octubre de 2023, emitido por el Director Ejecutivo de la Administración Aduanera de Honduras, que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e incausada del cargo de Contador de Auditoría de Intervención Aduanera del ciudadano Ludovico Mazier Padilla, ordenando como medida para el restablecimiento de la situación el reintegro al puesto dentro de la carrera administrativa de los funcionarios y servidores de la Administración Aduanera de Honduras, con consecuente pago de los salario dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta que sea reintegrado y demás indemnizaciones legales correspondientes, se acompañan documentos, costas del juicio, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO. 5 F. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de diciembre del año 2023 el señor Amílcar Velásquez Herrera, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-203- 01328, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Seguridad, incoando demanda por el procedimiento especial en materia de personal, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir, o en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho corresponda. Mi representado fue notificado del Acuerdo de Cancelación estando con problemas de salud. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Condena en costas. En relación al Acuerdo de Cancelación número 2177-2023 de fecha 05 de diciembre de 2023. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA. 5 F. 2024 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de enero del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado WILSON OMAR DIAZ FLORES, en su condición de representante procesal del señor NELSON FRANCISCO AMADOR LOPEZ, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-00099, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION INTERNACIONAL, se interpone demanda especial contencioso administrativo en materia de personal, para que se declare la ilegalidad y nulidad del acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho, reconocimiento de una situación jurídica individualizada, adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos subjetivos violentados, entre ellos se ordene mi restitución al cargo, pago de salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios, daño moral, reconocimiento de la antigüedad en el servicio público, nivelación al cargo y demás derechos gozados por los otros servidores públicos en nuestra ausencia, como aumentos generales, índice inflacionario, quinquenios, más los intereses que de dichas cantidades resulten de forma retroactiva; indemnización por daños y perjuicios derivados del pago de honorarios profesionales de los salarios dejados de percibir, costas procesales, profesionales y judiciales que resulten del presente juicio. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. 835-SRH-2022 de fecha 19 de diciembre del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 5 E. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 7 FEBRERO D E L 2024 N o . 36,454 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de octubre del 2023 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), compareció ante este juzgado el abogada.

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