VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 104-2023 | 28 de febrero de 2023 | Poder Judicial
Aviso No. 104-2023 — Demanda contencioso administrativa - Inversiones Sierra Hernandez S. de R.L.
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Este documento publica avisos legales de demandas contencioso-administrativas contra el Estado de Honduras. Varios empleados públicos reclaman la nulidad de despidos que consideran ilegales y solicitan su reintegro laboral con pago de salarios adeudados, prestaciones y beneficios durante su ausencia. Afecta a trabajadores del sector público que fueron cancelados de sus cargos.
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de
San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al
artículo (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes: HACE SABER: Que en fecha veintiocho
de junio del año dos mil veintitrés, el Abogado Hernan
Danilo Bahr Pineda, actuando en su condición de apoderado
judicial de la señora Roxana Fabiola Perdomo Rivera,
interpuso demanda contra El Estado de Honduras por actos
de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil; misma
que se encuentra registrada bajo el número No. 99-2023, con
correlativo No. 0501-2023-00095-LAP, en este Despacho;
dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad la
nulidad de Acto Administrativo, que se reconozca la situación
jurídica individualizada, reintegro, pago de prestaciones
indemnizaciones laborales por despido injustificado e
indirecto, acoso psicológico vertical y verbal, hostigamiento
laboral, violación de derechos constitucionales y laborales;
asimismo solicita como lo establece la Ley de Servicio Civil
para el pago de indemnizaciones, prestaciones laborales
por despido injustificado a título de daños y perjuicios por
salarios dejados de percibir y demás derechos sociales por la
violación de derechos constitucionales y laborales.
San Pedro Sula, Cortés 31 de agosto del año 2023
Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman
Secretario General
8 S. 2023
_______
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha veintidós (22) de marzo de dos mil veintitrés (2023),
compareció a este juzgado el Abogado HUMBERTO
ULICES LOBO GARRIDO, quien actúa en causa propia,
y asimismo confiere poder a la Abogada LEDYA LESBIA
MARADIAGA HERNÁNDEZ, interponiendo demanda en
materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00395,
contra el Estado de Honduras, a través de LA SECRETARÍA
DE ESTADO EN LOS DESPACHOS EDUCACIÓN.
Para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de
carácter particular de la administración pública, consistente
en el Acuerdo de Cancelación número 0212-SE-2023, de
fecha 28 de febrero del 2023, emitido por la Secretaría de
Educación. Reconocimiento de una situación particular
individualizada y para su pronto restablecimiento, se ordene
el reintegro al cargo en iguales o mejores condiciones, con
el pago de los salarios dejados de percibir a título de daños
y perjuicios, incrementos salariales y demás beneficios en
ausencia, aguinaldo, décimo cuarto mes, vacaciones, costas
del juicios, se acompañan documentos, petición, poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
8 S. 2023
______
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS CIVIL
DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN
AVISO DE CANCELACIÓN Y
REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del
departamento de Francisco Morazán, al público en general
y para los efectos de Ley: HACE SABER: Que en el
expediente registrado bajo el número 0801-2022- 02748-CV,
contentivo a una solicitud de Cancelación y Reposición de
Título Valor, ante este Despacho de Justicia, compareció
la Señora ROSELIN MEJIA ZÚNIGA, solicitando
la cancelación y reposición del siguiente título valor: 1)
Certificado de Depósito a Plazo Fijo a título personal con
No.000000200004373714, a un plazo de 360 días con un
saldo actual en HNL. de 50,000.00 (cincuenta mil lempiras
exactos), con fecha de apertura el 03/10/2021 con fecha de
vencimiento el 03/10/2022.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de Julio de 2023.
Carlos Antonio Martinez Ramos
Secretario Adjunto
8 S. 2023
______
LA EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS
No es responsable del contenido de las
publicaciones, en todos los casos la misma
es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 8 D E SEPTIEMBRE D E L 2023 N o . 36,329
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha veintiuno (21) de abril del año dos mil veintitrés
(2023), compareció ante este Juzgado la señora Kelsy
Waleska Echeverría Aguilar, incoando demanda vía
procedimiento especial en materia de personal, contra el
Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad,
Dirección General de Regulación Predial, con orden
de ingreso No.0801-2023-00509, para que se declare la
nulidad de un acto administrativo de carácter particular
en materia de personal consistente en el ACUERDO No.
DGRP-IP-045-2023, de fecha veintinueve (29) de marzo
del dos mil veintitrés (2023), emitido por el Instituto de
la Propiedad, Dirección General de Regulación Predial,
por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento
jurídico, con quebrantamiento de las formalidades
esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca una
situación jurídica individualizada de titular de derechos
que se reclaman y adoptar como medida necesarias para el
pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto
de Registradora Adjunta de la Dirección de Regularización
Predial dependiente del Instituto de la Propiedad.- Salarios
dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta
el reintegro al cargo mediante Sentencia Definitiva
condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos
salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue
cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el
pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo
como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario,
vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.-
Especial condena en costas a la parte demandada y vencida
en juicio en primera instancia.- Habilitación de días y horas
inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
8 S. 2023
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha diecisiete (17) de noviembre del dos mil veintidós
(2022), compareció ante este Juzgado la abogada CINTHIA
CONSUELO CRUZ FIGUEROA, incoando demanda en
materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-
01854, en su condición de representante procesal del señor
GUSTAVO ANTONIO MATUTE ACOSTA contra el
Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE
ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION,
JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION, se interpone
demanda para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular en materia de personal
por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento
jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales
establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica
individualizada del títular de los derechos que se reclaman y
como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los
mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro
a su puesto de trabajo u otro en igual o mejores condiciones
en la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización
y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir
desde la fecha en la que se efectuó la cancelación ilegal,
hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva
condenatoria.- Reajustes salariales que en su caso tuviera el
puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela
del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran
durante el mismo, como décimo tercero y décimo cuarto
mes de salario, vacaciones.- Especial condena en costas a la
parte demandada y vencida en juicio de primera instancia.
Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier
do de letras actuación judicial.- Se acompañan documentos.-
Cotejo y devolución de poder. En relación al acuerdo de
cancelación N°. 772-2022 de fecha 18 de octubre del 2022.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
8 S. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 8 D E SEPTIEMBRE D E L 2023 N o . 36,329
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito
Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de junio
del 2023, compareció a este Juzgado por la ciudadana Sonia
Gabriela Rodriguez Ponce en su condición personal, por la
vía del procedimiento especial en materia de personal, para
la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo
impugnado consistente en ACUERDO No. SE-IP-181-2023
de fecha 29 de mayo del año 2023, emitido por actuaciones del
Instituto de la Propiedad. Que se reconozca una situación jurídica
individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las
medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en
esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00743.
Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte
demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes
se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
8 S. 2023
_____
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 26 de julio del
año 2023 comparece la señora Magda Emerita Mejía Puerto,
interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.
0801-2023-00818, contra el Estado de Honduras a través del
Instituto de la Propiedad incoando demanda para que se declare
la nulidad de un acto administrativo de carácter particular
en materia de personal por no ser conforme a derecho por
infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las
formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca
una situación jurídica individualizada de titular de derechos que
se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno
restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto de Ejecutiva
de Relaciones Públicas y Comunicación Interna, de la Unidad de
Comunicaciones y dependiente de la Secretaría Ejecutiva del
Instituto de la Propiedad.- Salarios dejados de percibir desde
la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante
sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos
incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual
fue cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio, más el
pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo
como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones
y bonificaciones por concepto de vacaciones y cualquier otro
beneficio laboral que pudiera reconocerse.- Especial condena
en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera
instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar
cualquier actuación judicial; en relación al acuerdo de cancelación
No. SE-IP-260-2023 de fecha tres de julio del dos mil veintitrés.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
8 S. 2023
______
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dos (02)
de agosto de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado
el abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, en su condición.
de Represente Procesal de la señora ENY MERARY GREEN
ORTIZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden
de ingreso 0801-2023-00851, contra el Estado de Honduras a través
de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Para que se declare la nulidad. de un acto administrativo de carácter
particular de la administración pública, consistente en el acuerdo
de cancelación por número SETRASS-344-2023 de fecha 13 de
julio de 2023, emitido por la Secretaría de Trabajo y Seguridad
Social, infringiendo el ordenamiento jurídico establecido en la Ley
de Servicio Civil y su reglamento, que se reconozca la situación
jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fue objeto
mi representada, y como medida para el pleno restablecimiento
de sus derechos que se ordene mediante sentencia definitiva se le
paguen las prestaciones laborales a que tiene derecho y a título
de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir
con todos sus aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes,
décimo tercer mes, desde la fecha de la suspensión de su salario
es decir desde el 01 de junio del año 2023 hasta la ejecución de
la sentencia, se acompañan documentos, costas del juicio, poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
8 S. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 8 D E SEPTIEMBRE D E L 2023 N o . 36,329
PODER JUDICIAL
Honduras
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha veintitrés (23) de mayo del dos mil
veintitrés (2023), se promovió la demanda por parte del
señor YERAL JAVIER ROQUE NUÑEZ, interponiendo
demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento
especial en Materia Personal con orden de ingreso número
0801-2023-00631, contra el Estado de Honduras a través
de la DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA
Y FAMILIA (DINAF), para que se declare la nulidad de
un acto de la administración pública de carácter particular
consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No.
174-2023 de fecha 05 de mayo del año 2023, para que se
declare no ser conforme a derecho y en su caso, se declare
nulo un acto de carácter particular.- Que se reconozca una
situación jurídica individualizada y que se adopten las
medidas necesarias para su pleno restablecimiento, que se
ordene el reintegro a mi puesto de trabajo u otro de igual
categoría y jerarquía, se condene al pago de salarios dejados
de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha
en que sea efectivamente reintegrada al cargo indicado,
incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes
en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto
de compensación social, quinquenios, bonificación de
vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que
devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha en
que sea reintegrada a mi cargo, aumentos salariales que se
devenguen durante dure el proceso, con especial condena en
costas.- Se acompañan documentos.- Poder
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
8 S. 2023
PODER JUDICIAL
Honduras
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha diez (10) de mayo del dos mil veintitrés
(2023), se promovió la demanda por parte del señor
WILDER ALEXIS MARTINEZ AMAYA, interponiendo
demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento
especial en Materia Personal con orden de ingreso número
0801-2023-00594, contra el Estado de Honduras a
través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE
HONDURAS, para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular consistente en el
ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ADUANAS-DE-
GNGTH-092-2023, de fecha 18 de abril del año 2023, para
que se declare no ser conforme a derecho y en su caso de
declare nulo un acto de carácter particular.- Que se reconozca
una situación jurídica individualizada por la cancelación
y que se adopten las medidas necesarias para su pleno
restablecimiento, se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo
u otro de igual categoría y jerarquía, se condene al pago de
salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación
hasta la fecha en que sea efectivamente reintegrada al
cargo indicado, incluyendo los colaterales consistentes en
décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto
mes en concepto de compensación social, quinquenios,
bonificaciones, pago de salario mensual adicional otorgado
anualmente, bonificación de vacaciones y las vacaciones
que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha
de cancelación hasta la fecha en que sea reintegrada a mi
cargo, aumentos salariales que se devenguen durante dure
el proceso, con especial condena en costas.-· Se acompañan
documentos.- Poder.-
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
8 S. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E SEPTIEMBRE D E L 2023 N o . 36,331
PODER JUDICIAL
Leyes relacionadas
Aviso No. 0801-2023-01031 — Aviso de demanda contencioso administrativa - Nulidad de Acuerdos 104-2023 y 106-2023 del Instituto Nacional de Migración
Este aviso publica dos demandas ante la justicia administrativa: una ciudadana reclama la nulidad de su cancelación laboral de 2022 en Servicio Civil, y otra funcionaria demanda la nulidad de su despido de 2022 en Relaciones Exteriores, solicitando ambas su reintegro con salarios adeudados. Los avisos notifican legalmente a las instituciones demandadas para que comparezcan ante el juzgado.
Decreto 0801-2023-01031 | 2024
Aviso No. 0801-2023-00566 — Demanda contencioso administrativa en materia de personal - Brenda Suyapa Mendoza
Una empleada pública demanda al Estado de Honduras por su cancelación ilegal. Solicita que se declare nula su cesantía, se le reponga en el cargo, se le paguen los salarios no percibidos y se aplique retroactivamente el aumento salarial que corresponde según la ley diplomática.
Decreto 0801-2023-00566 | 2023
Aviso No. 0801-2022-01344 — Demanda de nulidad de Acuerdos de Cancelación DGSC-097-2022 y DGSC-104-2022
Dos empleados públicos demandan al Instituto de la Propiedad para anular su despido, argumentando que violó la ley. Solicitan ser restituidos en sus cargos y que se les paguen los salarios no percibidos, más otros beneficios que corresponden a empleados públicos. El juzgado publica este aviso para notificar a las partes interesadas del inicio del proceso.
Decreto 0801-2022-01344 | 2023
Aviso No. 2022-4981 — Registro de Marca de Servicio - Multi Frutti
El Registro de Propiedad Industrial de Honduras aprueba y protege la marca de servicio "Multi Frutti" a favor de Inversiones Medina Corrales S. de R.L. Esta marca se utiliza para identificar el servicio de suministro de bebidas a base de frutas. La protección garantiza que solo esta empresa puede usar este nombre y diseño para ofrecer ese tipo de bebidas.
Decreto 2022-4981 | 2024
Aviso No. 0801-2022-00444 — Aviso de demanda contenciosa administrativa - Hector Alexander Hernández Gálvez contra Estado de Honduras
Este documento contiene avisos legales de juzgados hondureños sobre demandas contra el Estado y solicitudes de títulos de propiedad. Los trabajadores demandan al gobierno por despidos que consideran ilegales, pidiendo volver a sus empleos y recibir salarios adeudados. También se publican solicitudes de personas que quieren obtener documentos legales de tierras que han poseído durante años.
Decreto 0801-2022-00444 | 2023