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13 de julio de 2022 | Poder Judicial

Aviso — Demanda contenciosa administrativa en materia de personal contra ARSA

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Resumen

Este documento reúne varios avisos legales publicados en la Gaceta de Honduras entre marzo y mayo de 2025. Incluye demandas administrativas contra instituciones públicas (ARSA, municipalidades, Secretaría de Finanzas), solicitudes de títulos de propiedad, licencias comerciales y notificaciones judiciales de casos en trámite ante diversos juzgados.

Articulos

Articulo 4

de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de REPRESENTACIÓN EXCLUSIVO a la sociedad mercantil INTER GLOBAL LEGAL WORLD SERVICES S.A. DE C.V., con RTN No.0801 9014663347, con domicilio en colonia San Carlos, Torre San Carlos, piso #10, contiguo a la Embajada de Japón, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el departamento de Francisco Morazán, como concesionaria de la empresa concedente REAL CASA DE LA MONEDA DE HOLANDA (KONINKLIJKE NEDERLANDSE MUNT), de nacionalidad holandesa, quedando autorizado para la provisión de monedas metálicas y cualquier otro producto del giro de la empresa; ante el gobierno, Banco Central de Honduras y las autoridades públicas y privadas hondureñas, en lo que se refiere a la participación en licitaciones públicas, privadas, solicitudes de precios, concursos, cotizaciones cualesquiera otros eventos similares o análogos, presentación y firmas de ofertas y propuestas técnicas y económicas, suscripción y firma de aclaraciones y observaciones en el acto de apertura de ofertas, y con anterioridad o posteridad a ella, suscripción y firma de contratos, declaraciones juradas, y otros documentos, subsanaciones, correspondencia informativa sobre temas consultas relacionadas con la concedente, POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025. (f) y (s) MSc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior, Delegada mediante Acuerdo No. 141-2022. (f) y (s) JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los trece días del mes de febrero del año 2025. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA SECRETARIO GENERAL 13 M. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 13 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,789 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de enero del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el abogado ROMAN PINEDA MENDOZA, incoando demanda vía procedimiento especial en materia tributaria o impositiva, con orden de ingreso número 0801- 2025-0001 contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, para la declaración de nulidad de un acto administrativo consistente en la resolución número 426- 2024, de fecha veintidós (22) de noviembre del dos mil veinticuatro (2024), emitido por la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, para que se declare la ilegalidad y la nulidad de un Acto Administrativo identificado como la resolución número 426-2024 emitida por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través del que rechazó un recurso de apelación interpuesto de forma parcial contra otra resolución emitida por el Servicio de Administración de Rentas. Se pide su ilegalidad y consecuente nulidad por infringir el ordenamiento jurídico, quebrantamientos de las formalidades esenciales y contener vicios de nulidad y anulabilidad como el exceso de poder y la desviación de poder. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento se deje sin valor ni efecto una ilegal sanción o multa impuesta a mi representada procesal. Se acompañan documentos. Petición. Poder ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 13 M. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de junio del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el abogado WILMER ALEJANDRO RAMIREZ MADRID, en su condición de representante procesal del señor SAMUEL ORLANDO MADRID CACERES, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2024-00489, contra el Estado de Honduras, a través del SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por ser conforme a derecho pro infringir el ordenamiento jurídico, con el quebrantamiento de la formalidades esenciales establecida en la Ley .- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto de Promotor de Desarrollo Comunal I dependiente de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.- Con el salario máximo que reciba al puesto de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de derechos laborales que ocurran durante el mismo como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Nivelación Salarial.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Daño moral. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. - Se confiere poder. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. 271-2024 de fecha 15 de mayo del 2024. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 13 M. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E MAR Z O D E L 2025 N o . 36,790 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos, de Ley HACE SABER: Que la Abogada JEIDI SOFIA CORRALES P

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