VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2024-00721 | 16 de enero de 2025 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2024-00721 — Aviso de Demanda - Eduardo Velasquez Cervantes contra Estado de Honduras
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Resumen
Este documento publica avisos de demandas laborales contenciosas administrativas contra el Estado de Honduras. Empleados despedidos de ARSA, la Secretaría de Infraestructura y Transporte piden que se declare nula su cancelación y se ordene su reintegro con pago de salarios atrasados, beneficios laborales y daños; además solicitan que se reconozca su derecho al trabajo.
Texto completo
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta
jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de enero del dos mil
veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado JOSE
HELIODORO ZAMORA FLORES, en su condición de representante
procesal de la señora FRANCIA NORISCELA NUÑEZ CUADRA,
incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número
0801-2023-00196, contra el Estado de Honduras, a través de la
AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA, se interpone demanda
contenciosa administrativa especial en materia de personal para que
se declare la nulidad e ilegalidad del acto administrativo de carácter
particular consistente en el acuerdo de cancelación números 002-2023
de fecha seis (06) de enero del año dos mil veintitrés (2023), por no
ser dictado conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico
y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades
esenciales establecidas en la ley incluso con exceso y desviación de
poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y se
adopten las medidas necesarias para el restablecimiento de los derechos,
se ordene a la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) el reintegro a
un puesto de trabajo de igual o mejor categoría a mi representada y a
título de daños y perjuicios el pago de sueldos dejados de percibir desde
la fecha de cancelación hasta que con sujeción de las normas procesales
quede firme la sentencia.- Más el pago de los beneficios que ocurran
durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario,
vacaciones, bonificación por concepto de vacaciones, vacaciones no
gozadas y reconocimiento de los incrementos salariales. Condena en
costas.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier
actuación letras judicial.- Se acompañan documentos.- Poder.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
11 M. 2025
_______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de
septiembre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante
este Juzgado la Abogada Norma Patricia Reyes Cruz, Representante
Procesal de los señores Casimira Gómez, Jerson Dino Amador Villeda
y José Ángel Mercado, con orden de ingreso número 0801-2022-01495,
contra la Secretaría de Infraestructura y Transporte, incoando demanda
contenciosa administrativa especial en materia de personal para que
se declare e ilegalidad de actos administrativos de carácter particular
consistentes en los acuerdos números CTL-373-2022, CTL-648-2022 y
CTL-676-2022 de fecha 24 de agosto del año dos mil veintidós (2022)
con efectividad y notificación el día treinta y uno (31) de agosto del
año dos mil veintidós (2022), por no ser dictados conforme a derecho,
por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad
y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en
la ley, incluso con exceso y desviación de poder, que se reconozca la
situación jurídica individualizada y se adopten medidas necesarias para
el restablecimiento de los derechos, se ordene a la Secretaría de Estado
en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) a el reintegro a
los puestos de trabajo de igual o mejor categoría a mis representados y a
título de daños y perjuicios el pago de sueldos dejados de percibir desde
la fecha de cancelación hasta que con sujeción de las normas procesales
quede firme la sentencia.- Más el pago de los beneficios que ocurran
durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario,
vacaciones, bonificación por concepto de vacaciones, vacaciones no
gozadas, reconocimiento de los incrementos salariales y quinquenios.-
Condena en costas.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar
cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos.- Poder.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
11 M. 2025
________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta
jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de septiembre del año dos
mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la Abogada NORMA
PATRICIA REYES CRUZ, en su condición de representante procesal
de los señores JUAN DE JESÚS LÓPEZ MÉNDEZ y LISBETH
MAGDALENA RÍOS VEGA, interponiendo demanda contencioso
administrativa en procedimiento especial en materia de personal, con
orden de ingreso No. 0801-2022-01496 contra el Estado de Honduras
a través de la AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA (ARSA).
Contraída a solicitar: "La nulidad e ilegalidad de los actos administrativos
de carácter particular consistentes en los acuerdos de cancelación
números 206-2022 de fecha primero (01) de septiembre del año dos mil
veintidós (2022) y 213-2022 de fecha nueve (09) de septiembre del año
dos mil veintidós (2022), por no ser dictados conforme a derecho, por
infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y
quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley
incluso con exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación
jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para el
restablecimiento de los derechos, se ordene a la Agencia de Regulación
Sanitaria (ARSA) el reintegro a un puesto de trabajo de igual o mejor
categoría a mis representados y a título de daños y perjuicios el pago de
sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que con
sujeción de las normas procesales quede firme la sentencia. Más el pago
de los beneficios que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y
décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonificación por concepto de
vacaciones, vacaciones no gozadas y reconocimiento de los incrementos
salariales. - Condena en costas. - Habilitación de días y horas inhábiles
para efectuar cualquier actuación Judicial, Se acompañan documentos.-
Poder".
ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCÍA
SECRETARIA ADJUNTA
11 M. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E MAR Z O D E L 2025 N o . 36,788
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE
REGISTRO DE COADYUVANTES Y SUSTANCIAS AFINES.
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia
se ha presentado la solicitud de:
REGISTRO DE COADYUVANTES Y SUSTANCIAS AFINES.
El representante o Apoderado Legal:
Bernabé Sorto Ramírez
Actuando en representación de la empresa:
FERTILIZANTES DEL NORTE S.A. DE C.V. (FENORSA)
Tendiente a que autorice el:
REGISTRO DE COADYUVANTES Y SUSTANCIAS AFINES.
De Nombre Comercial:
ZAMOT 76.85 SL
Ingrediente Activo:
14.70% Potassium Polysulfide, 62.15% Sodium Polysulfide
Grupo al que pertenece:
Inorgánico
Tipo de Formulación:
Concentrado Soluble (SL)
Clasificación toxicológica:
Estado Físico:
Líquido
Formulador y País de Origen:
EUROPLANT NOVAAG BIOTECNOLOGIA INDUSTRIAL
L TDA. / BRASIL
Tipo de Uso: Repelente
EXPSENASA: 2408-2890
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un
plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para
ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo
Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No. 157-
94. Reformada mediante Decreto Legislativo No. 344-2005,
REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE
PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA
002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica
de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para
publicación.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”.
Tegucigalpa M.D.C., jueves 16 de enero de 2025
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas
12 F . 2025
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Adniministrativo, con sede en la ciudad de
San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al
artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete
de febrero del año dos mil veinticinco, la Abogada Denia
Geraldina Escalón Posadas, en su condición de Apoderada
Judicial de la Sociedad Mercantil denominada Proyectos
Agropecuarios, S. DE R. DE C.V.; interpone demanda
contra la Municipalidad de Santa Cruz de Yojoa,
departamento de de Cortés; misma que se encuentra
registrada bajo el número No. 13-2025, con correlativo
No. 0501-2025-00012-LAO, en este despacho de dicha
demanda ordinaria tiene como finalidad la impugnación
parcial de un acto de carácter general consistente en el Plan
de Arbitrios de la Municipalidad de Santa Cruz de Yojoa,
departamento de Cortés, correspondiente al año fiscal 2025,
con suspención del acto administrativo reclamado, asimismo
la compareciente solicita el reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias
con el pleno restablecimiento de la misma, reconocimiento
de nota de crédito.
San Pedro Sula, Cortés, 26 de febrero del año 2025
Abogado Juan Antonio Madrid Guzmán
Secretario General
12 M. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E MAR Z O D E L 2025 N o . 36,788
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE SIGUATEPEQUE,
COMAYAGUA
“AVISO REPOSICIÓN Y CANCELACIÓN
TÍTULO VALOR”
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Este documento publica tres avisos legales: primero, un aviso de Título Supletorio que reconoce la propiedad de Francis Edgardo Tabora Chinchilla sobre un terreno de 1.30 manzanas en La Unión, Copán. Segundo y tercero, dos demandas contra el Estado de Honduras donde Eduardo Velásquez Cervantes y Elsenora Obando Elías solicitan que se anulen sus despidos de la Administración Aduanera y se les reinstale con salarios y derechos completos.
Decreto | 2025
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Decreto 0801-2024-00130 | 2024
Aviso No. 0801-2023-00761 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - Eyleen Arlieth Varela Zúniga contra Instituto de la Propiedad
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Decreto 0801-2023-00761 | 2024