Vigente
Decreto No. 0801-2023-00196 | 29 de septiembre de 2022 | Poder Judicial

Aviso No. 0801-2023-00196 — Demanda Contencioso Administrativa - FRANCIA NORISCELA NUÑEZ CUADRA contra Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) por Acuerdo de Cancelación 002-2023

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Resumen

Este aviso publica tres demandas ante el Juzgado Contencioso Administrativo: Francia Nuñez contra ARSA por cancelación de contrato; Karen Araujo contra SENASA reclamando homologación salarial y quinquenios adeudados; y Moisés Morales contra Finanzas pidiendo anulación de su despido y reintegro laboral con salarios adeudados. Buscan que se declaren nulos actos administrativos considerados ilegales.

Texto completo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de julio del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el Abogado GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ, en su condición de representante procesal de la señora KAREN MELISSA ARAUJO HANDAL, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2024-00522 contra el Estado de Honduras, a través de la SERVICIO NACIONAL DE INOCUIDAD Y SANIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), se presenta demanda en materia ordinaria impugnando un acto presunto en sentido negativo de parte de Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo e ilegal, desviación y exceso de poder, infracción al ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales, se reconozca una situación jurídica individualizada, reajuste y homologación salarial conforme se establece en la Ley del Estatuto Laboral del Químico Farmacéutico y su reglamento, homologación salarial, en base al índice del precio al consumidor, pago de quinquenios adeudados, horas extras y promoción o permuta a un puesto de mejor categoría. Se adjuntan documentos. Se adjunta agotamiento de la vía administrativa. Poder. SECRETARIA(O) ABG. KELLY FILLUREN 6 M. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 6 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,783 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de octubre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado el señor MOISES AARON MORALES BERRIOS, con orden de ingreso número 0801-2022-01664, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, incoando demanda contencioso administrativo en materia personal para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de la Comisión Técnica Liquidadora nombrada en cumplimiento de los Decretos Ejecutivos PCM-05-02022 de fecha seis (06) de abril y PCM-011-2022 de fecha veintinueve (29) de abril de dos mil veintidós (2022).-Se declare la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto.- Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser: a) Reintegro en el cargo u otro cargo de iguales o mejores condiciones laborales en aquel organismo con personalidad jurídica propia a la que por Ley se le haya transferido de las competencias o atribuciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno en cumplimiento del artículo 22 de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; y, b) Pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios a partir de la fecha de cancelación.- Quede a salvo la garantía consagrada en el artículo 129 de la Constitución de la República.- Petición y Poder.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación No. CTL-1536-2022 de fecha 29 de septiembre del 2022. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 6 M. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO

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