VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0501-2022-00084-LAP | Poder Judicial

Aviso No. 0501-2022-00084-LAP — Demanda contencioso-administrativa por nulidad de acto administrativo

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Resumen

Estos avisos notifican dos demandas contra el Estado de Honduras ante el Instituto de la Propiedad. Dos personas reclaman que decisiones administrativas fueron tomadas ilegalmente y piden que se anulen, se les reintegre al trabajo, se paguen salarios atrasados e incrementos salariales, y se reconozca su antigüedad laboral. El juez debe decidir si estas decisiones administrativas violan la ley.

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha cinco de agosto del año dos mil veintidós la señora Bessy Lizzeth Portillo Quijada, actuando en su condición personal, interpuso demanda contra el Estado de Honduras por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 85-2022, con correlativo No. 0501-2022-00084-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo IP-DGR-No.337-2022, de fecha treinta de junio del año dos mil veintidós, emitido por el Instituto de la Propiedad-Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; asimismo solicita que se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, que se ordene el reintegro a su trabajo en iguales o mejores condiciones; ordenar el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se le canceló el Acuerdo hasta que sea reinstalada a su puesto de trabajo; reconocimiento de su antigüedad laboral desde la fecha en que inicie la relación labora y se condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 17 de abril del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 18 A. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintiocho de junio del año dos mil veintidós, la abogada Edna Patricia González Castro, actuando en su condición de apoderada judicial del señor Julio Cesar Escobar Hernández, interpuso demanda contra el Estado de Honduras por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 70-2022, con correlativo No. 0501-2022-00070-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo IP-DGR-No.262-2022 de fecha 19 de mayo del año dos mil ventidós, emitido por el Instituto de la Propiedad-Dirección General de registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; asimismo solicita el compareciente que se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, que se ordene el reintegro a su trabajo en iguales o mejores condiciones; ordenar el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se le canceló el Acuerdo hasta que sea reinstalado a su puesto de trabajo; reconocimiento de su antigüedad laboral desde la fecha en que inicie la relación laboral mediante la suscripción de contratos temporales de prestación de servicios de determinados y se condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 17 de abril del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 18 A. 2023 Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 24 D E A BRI L D E L 2023 N o . 36,211 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE COMAYAGUA, COMAYAGUA

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