VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2022-01026 | 13 de julio de 2022

Aviso No. 0801-2022-01026 — Demanda especial en materia de personal contra Administración Aduanera

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Resumen

Una empleada de la Administración Aduanera demanda al Estado hondureño para anular su despido del 13 de julio de 2022, alegando que fue ilegal por violar sus derechos de defensa. Solicita ser reintegrada a su puesto y recibir todos los salarios, bonificaciones y prestaciones que dejó de percibir desde su separación hasta que se resuelva el caso.

Texto completo

A V I S O El infrascrito Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto del dos mil veintidós (2022), compareció a éste la señora SAYDY ELIZABETH MERAZ MEZA, en su condición personal, promoviendo demanda especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS con orden de ingreso No. 0801- 2022-01026, para que se declare la nulidad absoluta del acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACION No. ADUANAS-DE-GNGTH-093-2022 de fecha 13 de julio de 2022, por no estar conforme a derecho. Por haberse emitido con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantando las formalidades esenciales que exige la Ley, sin haberse garantizado el derecho a la defensa y aplicar al caso una normativa no vigente. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos vulnerados el reintegro inmediato al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones del cual fue separado, que se condene al demandado a1 pago de salarios dejados de percibir incrementos, vacaciones, bonos, décimo tercer mes, décimo cuarto mes causados y proporcionales, a título de daños y perjuicios desde la fecha de separación ilegal, hasta que conforme a las normas procesales quede firme la sentencia condenatoria. Reconocimiento de antigüedad. Nulidad de acuerdo de nombramiento de mi sustituto. Especial condena en costas del juicio. Se confiere poder. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 11 A. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 18 D E A BRIL D E L 2023 N o . 36,206 __________

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