Vigente
Decreto No. 468-17 | 15 de agosto de 2017

Aviso No. 468-17 — Demanda contencioso-administrativa por nulidad de acto de personal

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Resumen

Este aviso publica tres demandas ante el Juzgado Contencioso Administrativo: una empresa demanda al Instituto de la Propiedad por anular decisiones administrativas irregulares; un ciudadano demanda al Tribunal Superior de Cuentas por anular una resolución que lo considera deudor del Estado; y una empleada demanda al Instituto de la Propiedad para anular su despido y recuperar su puesto de trabajo. El objetivo es que los tribunales declaren nulas estas acciones administrativas que violaron la ley.

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno (1) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), compareció a este Juzgado el Abogado JUAN JOSÉ ALCERRO en su condición de Representante Procesal de la Sociedad Mercantil ALTA TECNOLOGIA EN ENVASES, SOCIEDAD ANÓNIMA, quien delegó poder en el Abogado CRISTIAN GERARDO MEDINA SEVILLA, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2018-00008, contra EL ESTADO DE HONDURAS a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública consistente en la resolución No. 434- 2017 de fecha 15 de agosto de 2017, emitido por la Dirección General de Propiedad Intelectual y la resolución número 102-SR-17 de fecha 23 de octubre de 2017, emitida por la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad. Por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley, por contener vicios de nulidad y anulabilidad como el exceso de poder y desviación de poder, que se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, se sustituye poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 5 A. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a 1os interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de enero del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado señor LINO TOMAS MENDOZA RAMIREZ, quien confirió poder en el Abogado JOSÉ RAMÓN LAMOTHE ROSALES, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2023-00172, contra EL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular contenido en la resolución No. 1800/2015/ SG/TSC, de fecha 01 de octubre del 2015, dictada por el Tribunal Superior de Cuentas, en la que confirma el pliego de responsabilidad civil No. 001-002-2011- DASSJ-SDP-A por la cantidad de LPS. 13,662,581.82 por haberse dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido, violentando el principio de legalidad, defensa y debido proceso así como circunstancias de fondo, el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y las medidas que conlleve al pleno restablecimiento del derecho conculcado de no tenerme como deudor del Estado, costas, se acompañan documentos, se confiere poder. ABOG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO. 5 A. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E A BRIL D E L 2023 N o . 36,198 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 24 de octubre del año 2022, la señora Melissa Xiomara Velásquez Sánchez, interpusieron demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-01705, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad, interpuso demanda especial en materia de personal se interpone demanda para que se declare no conforme a derecho y se anule el acto administrativo de caracter particular consistente en el Acuerdo no. DGRP-093-2022, de fecha veintinueve de septiembre del año dos mil veintidós emitido por la Dirección General de Regularización Predial, dependencia del Instituto de la Propiedad por haber sido dictados infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que se ordene el reintegro del empleado a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones; se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales a partir de la fecha en que se canceló el Acuerdo hasta que sea reinstalado en su puesto de trabajo; con especial condena a letras de lo Contencioso Administrativo costas; se acompañan documentos. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 5 A. 2023 _____ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.

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