VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2022-00731
Aviso No. 0801-2022-00731 — Aviso de demanda en materia contencioso administrativa - Norma Gisela Rosales Funez
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Resumen
Cuatro empleadas públicas demandaron al Estado de Honduras porque fueron despedidas ilegalmente de la Secretaría de Infraestructura y Transporte. Piden que se anulen los acuerdos que las cancelaron, que las reintegren a sus puestos de trabajo y que se les paguen los salarios y prestaciones que dejaron de recibir desde su despido.
Texto completo
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
catorce (14) de septiembre del año dos mil veintidós (2022),
comparecieron a este Juzgado los señores ANA LINDA
MURILLO MARTINEZ, XIOMARA ELIZABETH
MONTES AMADOR, GLORIA MARIA FLORES
Y ANA DEL MILAGRO SANCHEZ ORELLANA,
incoando demanda Contencioso Administrativo en
materia de Personal, contra el Estado de Honduras
a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de
Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora
Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura
y Transporte (SIT), con orden de ingreso número 0801-
2022-01299, para que se declare la nulidad e ilegalidad
de Actos Administrativos de carácter particulares
consistentes en el Acuerdos No.CTL 286-2022; Acuerdo
No. CTL 561-2022; Acuerdo No. CTL 1203-2022 y
Acuerdo No. CTL 290-2022 todos de fecha veinticuatro
(24) de agosto del año dos mil veintidós (2022); emitidos
por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de
Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios
Públicos (INSEP), ahora Secretaría de Estado en los
Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), por
infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento
de las formalidades esenciales establecidas en la ley, así
como por contener vicios de nulidad.- Que se reconozca
la situación jurídica individualizada y como medidas
necesarias para el pleno restablecimiento del derecho
subjetivo violentado, se ordene mediante sentencia
definitiva, el reintegro a los cargos de ayudante de
guardalmacén y guardalmacén I, de la Secretaría de
Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte
(SIT) antes Secretaría de Estado en los Despachos de
Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), o a otro de
igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados
de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sean
reintegradas a los cargos mediante; sentencia definitiva
procedente, reconociendo los respectivos incrementos
salariales que en su caso tuvieran los puestos durante la
secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales
que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y
décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificacion
por concepto de vacaciones, en aplicación al artículo
22 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo.- Poder.- Se acompañan documentos.- En
relación a los Acuerdos de Cancelación números No.CTL
286-2022; Acuerdo No. CTL 561-2022; Acuerdo No.
CTL 1203-2022 y Acuerdo No.CTL 290-2022, todos
de fecha veinticuatro (24) de agosto del año dos mil
veintidós (2022).
SECRETARIA, POR LEY
3 A. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 3 D E A BRIL D E L 2023 N o . 36,196
Sección “B”
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
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