VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2022-00731

Aviso No. 0801-2022-00731 — Aviso de demanda en materia contencioso administrativa - Norma Gisela Rosales Funez

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Resumen

Cuatro empleadas públicas demandaron al Estado de Honduras porque fueron despedidas ilegalmente de la Secretaría de Infraestructura y Transporte. Piden que se anulen los acuerdos que las cancelaron, que las reintegren a sus puestos de trabajo y que se les paguen los salarios y prestaciones que dejaron de recibir desde su despido.

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), comparecieron a este Juzgado los señores ANA LINDA MURILLO MARTINEZ, XIOMARA ELIZABETH MONTES AMADOR, GLORIA MARIA FLORES Y ANA DEL MILAGRO SANCHEZ ORELLANA, incoando demanda Contencioso Administrativo en materia de Personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con orden de ingreso número 0801- 2022-01299, para que se declare la nulidad e ilegalidad de Actos Administrativos de carácter particulares consistentes en el Acuerdos No.CTL 286-2022; Acuerdo No. CTL 561-2022; Acuerdo No. CTL 1203-2022 y Acuerdo No. CTL 290-2022 todos de fecha veinticuatro (24) de agosto del año dos mil veintidós (2022); emitidos por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, así como por contener vicios de nulidad.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violentado, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a los cargos de ayudante de guardalmacén y guardalmacén I, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) antes Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), o a otro de igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sean reintegradas a los cargos mediante; sentencia definitiva procedente, reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuvieran los puestos durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificacion por concepto de vacaciones, en aplicación al artículo 22 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.- Poder.- Se acompañan documentos.- En relación a los Acuerdos de Cancelación números No.CTL 286-2022; Acuerdo No. CTL 561-2022; Acuerdo No. CTL 1203-2022 y Acuerdo No.CTL 290-2022, todos de fecha veinticuatro (24) de agosto del año dos mil veintidós (2022). SECRETARIA, POR LEY 3 A. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 3 D E A BRIL D E L 2023 N o . 36,196 Sección “B” JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

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