VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2024-00896 | 23 de septiembre de 2024 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2024-00896 — Demanda de personal - Luis Andrés Centeno Sorto contra Comisión Interventora del Instituto de la Propiedad
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Resumen
Este aviso publica tres demandas laborales y administrativas presentadas ante juzgados hondureños: Luis Andrés Centeno Sorto reclama la nulidad de su despido del Instituto de la Propiedad y pide reingresar a su puesto con salarios adeudados; Natalia Girón Sierra impugna su cancelación de la Secretaría de Relaciones Exteriores; y la empresa Proyectos de Centroamérica cuestiona una sanción de la Secretaría de Desarrollo Económico. Estos avisos notifican públicamente que los casos fueron admitidos en los juzgados para tramitarse según la ley.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), compareció
a este Juzgado el señor LUIS ANDRÉS CENTENO SORTO, quien confirió
poder al abogado ALBERTO GARCIA FORTÍN, interponiendo demanda en
materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00896, contra el Estado de
Honduras a través de la COMISIÓN INTERVENTORA DEL INSTITUTO
DE LA PROPIEDAD. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo
de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo
de Cancelación número CI-IP-267-2024, de fecha 23 de septiembre de 2024,
y notificado en fecha 07 de noviembre de 2024, emitido por la Comisión
Interventora del Instituto de la Propiedad, que se reconozca una situación
jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno
restablecimiento como ser el reintegro a mi puesto de trabajo, reconocimiento de
aumentos salariales en ausencia y los salarios dejados de percibir desde la fecha
de efectividad del acuerdo de cancelación hasta la fecha en que quede firme la
sentencia definitiva condenatoria y demás que sean necesarias, habilitación de
días y horas inhábiles, se acompañan documentos, se confiere poder, condena
en costas.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
22 E. 2025 ____________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE
CHOLUTECA
AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO
VALOR
La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de
Ley HACE SABER: Que la Abogada CELESTE JULISSA
RODRIGUEZ PEREZ, en su condición de Representante
Procesal del señor CARLOS ROBERTO REYES MARADIAGA,
presentó ante este Juzgado SOLICITUD DE CANCELACIÓN
Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR EXTRAVIADO,
que mantiene en Banco del País, el señor CARLOS ROBERTO
REYES MARADIAGA, consistente en el Certificado de
Depósito a Plazo No. de cuenta 31-342-000181-7, con promedio
Anual de SIETE CIFRAS ALTAS, extendida por Banco del
País, en fecha 17 de Mayo del año 2023, el título anteriormente
relacionado se encuentra extraviado a su titular y tenedor legítimo,
no encontrándose en proceso de circulación.
Choluteca, 07 de enero del año 2025
ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA
SECRETARIA ADJUNTA
22 E. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 22 D E E N E R O D E L 2025 N o . 36,746
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha trece (13) de enero del año dos mil veintitrés
(2023), compareció ante este Juzgado la señora Natalia
Girón Sierra, en su causa propia, incoando demanda vía
procedimiento especial en materia de personal, contra el
Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado
en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional, con orden de ingreso número 0801-2023-
00079, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un
acto administrativo de carácter particular consistente en el
Acuerdo No. 757-SRH-2022, de fecha diecinueve de
diciembre de dos mil veintidós (2022) y notificado en fecha
veintidós (22) de diciembre de dos mil veintidós (2022),
acto administrativo emitido por la Secretaría de Estado en
los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional. Acción que se presenta para que se declare no
ser conforme a derecho, por haber sido dictado infringiendo
el ordenamiento jurídico vigente. Que se reconozca la
situación jurídica individualizada consistentes en que se
ordene el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores
condiciones y la adopción de las medidas necesarias para el
pleno restablecimiento de sus derechos ordenándose el pago
de los salarios dejados de percibir a título de indemnización por
daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación hasta que
mediante sentencia definitiva condenatoria sea reintegrada
al cargo, además del reconociendo los incrementos salariales
durante la secuela del juicio, más del pago de los de más
derechos laborales que ocurran durante el juicio, como ser
décimo tecer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones
y otros.- Con especial condena en costas.- Se acompañan
documentos.
ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO ADJUNTO
22 E. 2025
_______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha uno (01) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023),
compareció a este Juzgado el JOSE ALEJANDRO ANDINO
GALDAMEZ, en su condición de representante procesal de
la EMPRESA PROYECTOS DE CENTROAMERICA
S.A., interponiendo demanda especial en materia personal,
con número de ingreso 0801-2023-01297, contra el contra el
ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARÍA
DE DESARROLLO ECONÓMICO, incoando demanda
ordinaria Contencioso Administrativa, para la nulidad de
un acto administrativo.- Que se reconozca una situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento
se declaren sin lugar los cargos o infracciones imputadas
y consecuentemente se deje sin valor ni efecto la sanción
impuesta.- Se relacionan medios de prueba reservándome el
derecho para acreditar otra prueba, en el momento procesal
adecuado; En relación a la Resolución Número DGPC-618-
2021 de fecha 25 de octubre del 2023.
ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
22 E. 2025
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
AVISO
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