VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2023-7971 | 26 de septiembre de 2024 | Poder Judicial
Aviso No. 2023-7971 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - LAS CRUCITAS
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Resumen
La empresa Hidroponía Las Crucitas, S.A. solicita proteger legalmente su marca "LAS CRUCITAS" para vender productos agrícolas hidropónicos como lechuga y legumbres frescas. Este registro evita que otros usen su nombre y diseño, protegiendo su identidad comercial en el mercado.
Texto completo
Número de Solicitud: 2023-7971
Fecha de presentación: 2023-12-13
Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Hidroponía Las Crucitas, S.A. DE C.V.
Domicilio: Municipio Marcala, departamento de La Paz, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Nahum Eduardo Salgado Nuñez
E.- CLASE INTERNACIONAL (31)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Las Crucitas
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LAS CRUCITAS”,
así como la apariencia del ejemplar de etiqueta, sin dar protección de los demás
elementos denominativos que aparecen en ella.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Cultivos hidropónicos; productos agrícolas,
específicamente lechuga y legumbres frescas, de la clase 31.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
13, 28 E. y 12 F. 2025.
______
LA EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS
No es responsable del contenido de las
publicaciones, en todos los casos la misma
es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E E N E R O D E 2025 N o . 36,738
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha veintiséis (26) de julio del año dos mil veinticuatro
(2024 ), compareció ante este Juzgado la señora JOSSELIN
PAOLA SANCHEZ SORIANO, incoando demanda
vía procedimiento especial en materia personal, contra
el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de
Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional,
para la nulidad de un acto administrativo contenido
en el ACUERDO DE CANCELACIÓN NÚMERO
230-SRH-2024, de fecha veintiocho (28) de junio del dos mil
veinticuatro (2024 ), dictado por la Secretaría de Relaciones
Exteriores y Cooperación Internacional por ser violatorio de
disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.-
El reconocimiento de una situación individualizada y la
adopción de medidas para el pleno restablecimiento de los
derecho conculcados.- El reintegro al cargo que ocupaba,
más los salarios dejados de percibir a título de indemnización
de daños y perjuicios hasta la fecha en que en cumplimiento
de la sentencia condenatoria sea reinstalada en el cargo que
ocupaba.- El incremento de LPS. 1,300.00 otorgado a partir
del mes de enero en el 2024 a los empleados públicos.- Los
aumentos que se otorguen a los empleados públicos durante
la sustanciación del juicios.- Se acompañan documentos.- Se
confiere poder.-
ABG.ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO ADJUNTO
13 E. 2025
_______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
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