VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2023-7971 | 26 de septiembre de 2024 | Poder Judicial

Aviso No. 2023-7971 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - LAS CRUCITAS

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Resumen

La empresa Hidroponía Las Crucitas, S.A. solicita proteger legalmente su marca "LAS CRUCITAS" para vender productos agrícolas hidropónicos como lechuga y legumbres frescas. Este registro evita que otros usen su nombre y diseño, protegiendo su identidad comercial en el mercado.

Texto completo

Número de Solicitud: 2023-7971 Fecha de presentación: 2023-12-13 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Hidroponía Las Crucitas, S.A. DE C.V. Domicilio: Municipio Marcala, departamento de La Paz, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Nahum Eduardo Salgado Nuñez E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Las Crucitas G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LAS CRUCITAS”, así como la apariencia del ejemplar de etiqueta, sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en ella. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cultivos hidropónicos; productos agrícolas, específicamente lechuga y legumbres frescas, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025. ______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito. La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E E N E R O D E 2025 N o . 36,738 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de julio del año dos mil veinticuatro (2024 ), compareció ante este Juzgado la señora JOSSELIN PAOLA SANCHEZ SORIANO, incoando demanda vía procedimiento especial en materia personal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, para la nulidad de un acto administrativo contenido en el ACUERDO DE CANCELACIÓN NÚMERO 230-SRH-2024, de fecha veintiocho (28) de junio del dos mil veinticuatro (2024 ), dictado por la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional por ser violatorio de disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.- El reconocimiento de una situación individualizada y la adopción de medidas para el pleno restablecimiento de los derecho conculcados.- El reintegro al cargo que ocupaba, más los salarios dejados de percibir a título de indemnización de daños y perjuicios hasta la fecha en que en cumplimiento de la sentencia condenatoria sea reinstalada en el cargo que ocupaba.- El incremento de LPS. 1,300.00 otorgado a partir del mes de enero en el 2024 a los empleados públicos.- Los aumentos que se otorguen a los empleados públicos durante la sustanciación del juicios.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- ABG.ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 13 E. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO

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