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22 de diciembre de 2025Vigente

Aviso No. 0801-2021-00348 — Demanda de ilegalidad y nulidad de actos administrativos de Secretaría de Seguridad

Poder Judicial

  • Decreto: 0801-2021-00348
  • Publicación: 22 de diciembre de 2025
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 37,025
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un trabajador demanda al Estado hondureño a través de la Secretaría de Seguridad para anular decisiones administrativas que lo despidieron, alegando que violaron las reglas del procedimiento administrativo. Busca que se declaren nulos los actos, se reconozca su derecho al empleo y se le paguen prestaciones laborales y cesantía dejadas de recibir.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de octubre del año dos mil veinticinco (2025), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada Noralisis Amador, Representante Procesal del señor Oscar Celin Aguilar Canales, con orden de ingreso número 0801- 2021-00348, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, incoando demanda en materia de personal contencioso administrativo, para que se declare la ilegalidad y nulidad de unos actos administrativos emitidos por la Secretaría de Seguridad de carácter particular por no estar ajustada a derecho, habiendo infringido el ordenamiento jurídico, al haberse quebrantado las formalidades esenciales del procedimiento administrativo y haberse actuado en incurrido en exceso y desviación de poder al haber notificación defectuosa y de manifestación expresa.- Dejar sin valor y efecto la Resolución Administrativa No. 1296-2020, de fecha veintiuno de junio del dos mil veintiuno, y Oficio SEDS-SG-32562021, de fecha veinticuatro de junio del dos mil veintiuno, el que transcribe el Acuerdo de Cancelación No. 1082-2021, de fecha 24 de junio del 2021, las cuales supuestamente agotan la vía administrativa.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de mis derechos el pago del auxilio de cesantía y las prestaciones laborales.- Con especial condena en costas procesales, costas judiciales y costas profesionales.- Se acompañan documentos.- Poder general para pleitos original y copia para su cotejo y devolución.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación No. 1882-2021, de fecha 24 de junio del 2021. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 22 D. 2025 _______

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO