Aviso No. 244-SEP-2025 — Demanda de nulidad de Acuerdo de carácter personal
Poder Judicial
- Decreto: 244-SEP-2025
- Publicación: 2 de julio de 2025
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Categoria: Laboral
Resumen
Una mujer demanda al Estado de Honduras ante el Juzgado Administrativo para que se anule un acuerdo que la afecta como empleada pública. Solicita que la reintegren a su puesto de trabajo y le paguen los salarios, aguinaldo y prestaciones que dejó de recibir desde que fue cancelada.
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado la señora MÓNICA ALEJANDRA CASTRO ELVIR, quien confirió poder al Abogado JHONATAN GABRIEL ROSALES CORRALES, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2025-00762, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA. Que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la Administración Pública, consistente en el Acuerdo No. 244-SEP-2025 de fecha 24 de septiembre de 2025, por no ser conforme a derecho y que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico y quebrantamiento de las formalidades esenciales, que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro en mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea reintegrada a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social incrementos salariales otorgados a todos los empleados del sector público y las vacaciones que deberían haber gozado y que devengarían desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada, se otorga poder, se anexan documentos, costas. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 18 D. 2025