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31 de diciembre de 2024 | Poder Ejecutivo

Aviso — Solicitud de cancelación y reposición de título valor - Certificado de depósito a plazo fijo

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Resumen

El Juzgado de Letras Civil de Francisco Morazán tramita una solicitud para cancelar y reponer un Certificado de Depósito a Plazo por L.215,000.00 a nombre de Katherinee Julissa Mendoza Montes, emitido por Financiera Solidaria el 26 de noviembre de 2021. Este aviso informa al público sobre el trámite legal para reemplazar el documento original.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil de la Sección Judicial de San Pedro Sula, Cortés, al público en general y para efectos de la Ley HACE SABER: Que en este Juzgado fecha veinte (20) de junio del año dos mil veintidós (2022), la señora IRMA SUYAPA BAIDE CORTES, presentó Solicitud para que se declare la Muerte Presunta de su sobrino el señor RAUL ROBERTO RECONCO BAIDE desaparecido en la colonia Municipal, Bloque Q, lote 23, segunda avenida, 5-15 calle de esta ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, desde el veinte (20) de septiembre del año dos mil once (2011), sin que se tengan noticias del mismo. San Pedro Sula, Cortés, 13 de octubre del año 2023 ABG. CARMEN NICOLLE LEIVA MEJIA SECRETARIA ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS 14 N. 2023 _________ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (07) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Marina Ferrufino Sagastizado, con orden de ingreso número 0801-2022-01927, contra la Secretaría de Finanzas, incoando demanda contenciosa administrativa en materia personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo.- Se alega notificación defectuosa.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada para su pleno restablecimiento se reconozca el reintegro al trabajo en igual o mejor categoría y condiciones.- A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir.- Pago de los derechos adquiridos durante la secuela del juicio como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones y otros derechos que me pudieran corresponder como ser aumentos en el cargo que ocupaba durante mi ausencia.- Condena en costas.- Poder.- Petición.- Se acompañan documentos.- Va en relación al Acuerdo No. DNBE-029-22 de fecha 21 de noviembre del año 2022. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 14 N. 2023 ________ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (07) de junio del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado Alejandro José Moncada Martínez actuando en su condición de representante procesal del señor José Santos Moncada Valladares, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), con orden de ingreso No. 0801-2023-00689, para que se declare la ilegalidad y nulidad del acto administrativo de carácter particular consistente en la RESOLUCIÓN DI No. 263- 2022 de fecha 16 de junio del año 2022, emitida por el Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP).- Por quebrantamiento del ordenamiento jurídico.- Declarar el reconocimiento de una situación jurídica individualizada respecto al derecho acrecimiento de la pensión del señor José Santos Moncada Valladares a un 40% de lo que percibía el causante de quien deriva el beneficio.- Costas del juicio.- Acompañan documentos.- Poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 14 N. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E N O V I E MBRE D E L 2023 N o . 36,383 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta (30) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), comparecieron ante este Juzgado los señores Alfonso Israel Castro Norales e Ilsy Marbella Tobar Castillo, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, con orden de ingreso No. 0801-2023-01164, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho consistentes en Acuerdos Números SE-IP-572-2023 y SE-IP-573-2023 de fecha once de octubre del año dos mil veintitres (2023) emitidos por el Instituto de la Propiedad.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada, por la cancelación ilegal de que fueron objeto y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos solicitan que se reintegren a sus puestos de trabajo en iguales condiciones y la indemnización de los daños y perjuicios consistente en el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta que se cumpla con el reintegro ordenado.- Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 14 N. 2023 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN CENTRO DE JUSTICIA CIVIL AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE TITULO VALOR La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que en la Solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor, registrada bajo el número 0801-2022-04157-CV, presentada por el Abogado SANTIAGO ADOLFO RIVERA CUBAS, en su condición de representante procesal de la señora KATHERINEE JULISSA MENDOZA MONTES, solicitando la cancelación y reposición del siguiente un Certificado de Depósito a Plazo número 03674, por la suma de DOSCIENTOS QUINCE MIL LEMPIRAS (L.215,000.00), con fecha de emisión veintiséis (26) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021), emitido por FINANCIERA SOLIDARIA S.A. (FINSOL); a la señora KATHERINEE JULISSA MENDOZA MONTES, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley correspondiente.- Tegucigalpa, M.D.C., 28 de agosto del año 2023 MARYORI N. AGUILAR SECRETARIA ADJUNTA 14 N. 2023 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de enero de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la ciudadana CLAUDIA CECILIA LOPEZ GARCIA, quien confirió poder en el abogado PABLO EMILIO REYES THEODORE, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00194, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad. Demanda contenciosa administrativa en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo consistente en el acuerdo DGR-IP-N0. 001-2023 Instituto de la Propiedad. Dirección General de Registros de fecha cinco (05) de enero del año dos mil veintitrés (2023), por ser violatorio de derechos constitucionales, así como prescindir total y absolutamente de los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico. Reconocimiento de la situación a jurídica individualizada para su pleno restablecimiento se me reconozca el reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejor categoría y condiciones, a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, pago de los derechos adquiridos, o cualquier otro derecho que se derive durante la secuela del juicio como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones, bonos, aumentos salariales, se alega notificación defectuosa. Reconocimiento de mi antigüedad laboral, se confiere poder. Petición. Se acompañan documentos. Abg. Viky Mariel Montoya Ruíz SECRETARIO, POR LEY 14 N. 2023 ____________ ____________ La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 16 D E N O V I E MBRE D E L 2023 N o . 36,385 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECÓNOMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE REPRESENTANTE EXCLUSIVO, otorgada en la Resolución Número 770-2023 de fecha 23 de octubre del año 2023, en relación a la Carta de Autorización, otorgada por la empresa Concedente en fecha 05 de junio del año 2023, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de Representante a la Sociedad Mercantil DE LA LUZ S.A., como REPRESENTANTE de la empresa concedente GIESECKE+DEVRIENT CURRENCY TECHNOLOGY GMBH, de nacionalidad alemana de forma EXCLUSIVA; por tiempo DEFINIDO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2024, respecto a la venta de los siguientes productos: Diseño, impresión, suministro de billetes de banco para todas las denominaciones de Lempiras en Honduras. CON JURISDICCIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 01 días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 16 N. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el Abogado Fernando Amílcar Zuniga García, en su condición de representante legal de la señora Reina Isabel Carrasco, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras a través del Tribunal Superior de Cuentas, con orden de ingreso No.0801- 2023-00412, para declarar la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho, consistente en la RESOLUCIÓN NÚMERO 099/2020-SG-TSC-RR, de fecha 29 de enero del 2020, mediante la cual se confirma parcialmente la RESOLUCIÓN NÚMERO 1127/2015-SG-TSC, de fecha 18 de junio del 2015, las cuales fueron emitidas por el Tribunal Superior de Cuentas de la República, en relación con el Pliego de Responsabilidad Civil número 014-004-2010-DASS-IHNFA-A, correspondiente a la auditoría financiera y de cumplimiento legal practicada al Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA), por el periodo comprendido del 01 de octubre del 2005, al 31 de diciembre del 2009.- El reconocimiento de una situación individualizada.- Como medida para el pleno restablecimiento del derecho de la afectada de no tenerle como deudora del Estado, que se ordene a la autoridad administrativa remitir el expediente administrativo de la afectada.- Que ordene mediante sentencia definitiva anular el acto impugnado.- Se acompañan documentos.- Petición.- Con Costas. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 16 N. 2023 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE REPOSICIÓN Y CANCELACIÓN DE TÍTULO VALOR El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley correspondientes: HACE SABER: Que este Juzgado se tramita el expediente registrado bajo el 0801-2023-05082-CV contentivo de la Solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor, consistente en CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO: 1) No. 400447931 por la cantidad de DOSCIENTOS MIL DÓLARES AMERICANOS ($200,000.00) con fecha de emisión veintidós (22) de marzo del año dos mil doce (2012), el cual vence el veinte (20) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023); 2) No.400312641 por la cantidad de CIENTO UN MIL CIENTO TREINTA DÓLARES AMERICANOS ($101,130.00), con fecha de emisión veintisiete (27) de abril del año dos mil diez (2010), con fecha de vencimiento diez (10) de agosto del año dos mil veintitrés (2023), ambos emitidos a favor de GRACIELA BURGOS GUERRERO, por la Sociedad Mercantil BAC CREDOMATIC, el que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C., 7 de septiembre del año 2023. ABG. JUAN CARLOS RIVERA SECRETARIO ADJUNTO 16 N. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 16 D E N O V I E MBRE D E L 2023 N o . 36,385 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta (30) de junio del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ, en su condición de representante procesal de la señora EDITH NOHEMY PINTO AVILEZ, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia personal con orden de ingreso número 0801-2022-00653, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD, se presenta demanda en materia de personal impugnando un acto expreso de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación No. 007-INJUVE-2022 de fecha 13 de junio del 2022, acto que carece de requisitos esenciales, acto emitido por el Instituto Nacional de la Juventud, generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo e ilegal con exceso de poder, quebrantamiento de formalidades esenciales separando a una servidora totalmente de manera ilegal y arbitraria, se reconozca una situación jurídica individualizada y se restituyan sus derechos según ley. Se proceda en indemnizar derechos laborales. Se adjuntan documentos. Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 16 N. 2023 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de octubre del año dos mil veintidós (2022), se promovió la demanda por parte del Abogado GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ, actuando en su condición de Representante Procesal de la señora BETZAHIDA GARCIA SAUCEDA, quien actúa como Representante Legal de la señora MARIHELA GARCIA SAUCEDA, interponiendo demanda contencioso administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01773, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 558-SRH-2022 de fecha 14 de septiembre del año 2022, en virtud que es un acto nulo e ilegal, falta de requisitos esenciales, de fecha 27 de septiembre del año 2022 y notificado en fecha 4 de octubre del año en curso, acto emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo e ilegal con exceso de poder, quebrantamiento a formalidades esenciales, infracción al ordenamiento jurídico, separando a una servidora totalmente de manera ilegal, se solicita se reconozca una situación jurídica, individualizada.- Pago de desarraigo.- Restituya a sus indemnizaciones hasta sentencia firme.- Se adjuntan documentos.- Poder.- Costas. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 16 N. 2023 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de enero del 2023, compareció a este Juzgado por la ciudadana Angela Maria Turcio Zelaya, en su condición personal, por la vía del procedimiento personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en Acuerdo de Cancelación No. 794-SRH-2022 de fecha 22 de diciembre del 2022, emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Que se reconozca una situación jurídica individualizada, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, contra el Estado de Honduras por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00073. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 16 N. 2023

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