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31 de diciembre de 2024 | Poder Ejecutivo
Aviso — Solicitud de cancelación y reposición de título valor - Certificado de depósito a plazo fijo
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Resumen
El Juzgado de Letras Civil de Francisco Morazán tramita una solicitud para cancelar y reponer un Certificado de Depósito a Plazo por L.215,000.00 a nombre de Katherinee Julissa Mendoza Montes, emitido por Financiera Solidaria el 26 de noviembre de 2021. Este aviso informa al público sobre el trámite legal para reemplazar el documento original.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil
de la Sección Judicial de San Pedro Sula, Cortés, al público en
general y para efectos de la Ley HACE SABER: Que en este
Juzgado fecha veinte (20) de junio del año dos mil veintidós
(2022), la señora IRMA SUYAPA BAIDE CORTES,
presentó Solicitud para que se declare la Muerte Presunta
de su sobrino el señor RAUL ROBERTO RECONCO
BAIDE desaparecido en la colonia Municipal, Bloque Q,
lote 23, segunda avenida, 5-15 calle de esta ciudad de San
Pedro Sula, departamento de Cortés, desde el veinte (20) de
septiembre del año dos mil once (2011), sin que se tengan
noticias del mismo.
San Pedro Sula, Cortés, 13 de octubre del año 2023
ABG. CARMEN NICOLLE LEIVA MEJIA
SECRETARIA ADJUNTA
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN
JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS
14 N. 2023
_________
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha siete (07) de diciembre del año dos mil veintidós
(2022), interpuso demanda ante este Juzgado la señora
Marina Ferrufino Sagastizado, con orden de ingreso número
0801-2022-01927, contra la Secretaría de Finanzas, incoando
demanda contenciosa administrativa en materia personal para
que se declare la nulidad de un acto administrativo.- Se alega
notificación defectuosa.- Reconocimiento de una situación
jurídica individualizada para su pleno restablecimiento se
reconozca el reintegro al trabajo en igual o mejor categoría
y condiciones.- A título de daños y perjuicios el pago de los
salarios dejados de percibir.- Pago de los derechos adquiridos
durante la secuela del juicio como ser décimo tercer mes,
décimo cuarto mes, vacaciones y otros derechos que me
pudieran corresponder como ser aumentos en el cargo que
ocupaba durante mi ausencia.- Condena en costas.- Poder.-
Petición.- Se acompañan documentos.- Va en relación al
Acuerdo No. DNBE-029-22 de fecha 21 de noviembre del
año 2022.
ABG. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
14 N. 2023
________
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha siete (07) de junio del año dos mil veintitrés (2023),
compareció ante este Juzgado el Abogado Alejandro
José Moncada Martínez actuando en su condición de
representante procesal del señor José Santos Moncada
Valladares, incoando demanda vía procedimiento
ordinario, contra el Estado de Honduras a través del
Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados
y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), con
orden de ingreso No. 0801-2023-00689, para que se declare
la ilegalidad y nulidad del acto administrativo de carácter
particular consistente en la RESOLUCIÓN DI No. 263-
2022 de fecha 16 de junio del año 2022, emitida por el
Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados
y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP).- Por
quebrantamiento del ordenamiento jurídico.- Declarar el
reconocimiento de una situación jurídica individualizada
respecto al derecho acrecimiento de la pensión del señor
José Santos Moncada Valladares a un 40% de lo que percibía
el causante de quien deriva el beneficio.- Costas del juicio.-
Acompañan documentos.- Poder.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
14 N. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
A V I S O
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha treinta (30) de octubre del año dos mil veintitrés (2023),
comparecieron ante este Juzgado los señores Alfonso Israel
Castro Norales e Ilsy Marbella Tobar Castillo, incoando
demanda vía procedimiento especial en materia de personal,
contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la
Propiedad, con orden de ingreso No. 0801-2023-01164,
para que se declare la nulidad de un acto administrativo
de carácter particular por no ser conforme a derecho
consistentes en Acuerdos Números SE-IP-572-2023 y
SE-IP-573-2023 de fecha once de octubre del año dos mil
veintitres (2023) emitidos por el Instituto de la Propiedad.-
Reconocimiento de una situación jurídica individualizada,
por la cancelación ilegal de que fueron objeto y como medida
para el pleno restablecimiento de sus derechos solicitan que
se reintegren a sus puestos de trabajo en iguales condiciones
y la indemnización de los daños y perjuicios consistente
en el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha
de su cancelación hasta que se cumpla con el reintegro
ordenado.- Con especial condena en costas.- Se acompañan
documentos.- Se confiere poder.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
14 N. 2023
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL
DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN
CENTRO DE JUSTICIA CIVIL
AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE
TITULO VALOR
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del
departamento de Francisco Morazán, al público en general y
para los efectos de Ley, HACE SABER: Que en la Solicitud
de Cancelación y Reposición de Título Valor, registrada
bajo el número 0801-2022-04157-CV, presentada por el
Abogado SANTIAGO ADOLFO RIVERA CUBAS,
en su condición de representante procesal de la señora
KATHERINEE JULISSA MENDOZA MONTES,
solicitando la cancelación y reposición del siguiente un
Certificado de Depósito a Plazo número 03674, por la
suma de DOSCIENTOS QUINCE MIL LEMPIRAS
(L.215,000.00), con fecha de emisión veintiséis (26) de
noviembre del año dos mil veintiuno (2021), emitido por
FINANCIERA SOLIDARIA S.A. (FINSOL); a la señora
KATHERINEE JULISSA MENDOZA MONTES, lo que
se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley
correspondiente.-
Tegucigalpa, M.D.C., 28 de agosto del año 2023
MARYORI N. AGUILAR
SECRETARIA ADJUNTA
14 N. 2023
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintiséis (26) de enero de dos mil veintitrés
(2023), compareció a este Juzgado la ciudadana CLAUDIA
CECILIA LOPEZ GARCIA, quien confirió poder en
el abogado PABLO EMILIO REYES THEODORE,
interponiendo demanda en materia de personal con orden de
ingreso 0801-2023-00194, contra el Estado de Honduras a
través del Instituto de la Propiedad. Demanda contenciosa
administrativa en materia de personal para que se declare la
nulidad de un acto administrativo consistente en el acuerdo
DGR-IP-N0. 001-2023 Instituto de la Propiedad. Dirección
General de Registros de fecha cinco (05) de enero del año
dos mil veintitrés (2023), por ser violatorio de derechos
constitucionales, así como prescindir total y absolutamente de
los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico.
Reconocimiento de la situación a jurídica individualizada
para su pleno restablecimiento se me reconozca el reintegro a
mi puesto de trabajo en igual o mejor categoría y condiciones,
a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados
de percibir, pago de los derechos adquiridos, o cualquier
otro derecho que se derive durante la secuela del juicio como
ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones,
bonos, aumentos salariales, se alega notificación defectuosa.
Reconocimiento de mi antigüedad laboral, se confiere poder.
Petición. Se acompañan documentos.
Abg. Viky Mariel Montoya Ruíz
SECRETARIO, POR LEY
14 N. 2023
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Sección B A v isos L egales
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SECRETARÍA DE DESARROLLO ECÓNOMICO
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA:
La LICENCIA DE REPRESENTANTE EXCLUSIVO,
otorgada en la Resolución Número 770-2023 de fecha
23 de octubre del año 2023, en relación a la Carta de
Autorización, otorgada por la empresa Concedente en
fecha 05 de junio del año 2023, que LITERALMENTE
DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo
4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de
Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente
Licencia de Representante a la Sociedad Mercantil DE
LA LUZ S.A., como REPRESENTANTE de la empresa
concedente GIESECKE+DEVRIENT CURRENCY
TECHNOLOGY GMBH, de nacionalidad alemana de
forma EXCLUSIVA; por tiempo DEFINIDO HASTA EL
31 DE DICIEMBRE DEL 2024, respecto a la venta de
los siguientes productos: Diseño, impresión, suministro de
billetes de banco para todas las denominaciones de Lempiras
en Honduras. CON JURISDICCIÓN EN TODO EL
TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS.
Para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los 01 días del mes de noviembre del año dos mil
veintitrés.
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
16 N. 2023
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Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha veintisiete (27) de marzo del año dos mil veintitrés
(2023), compareció ante este Juzgado el Abogado Fernando
Amílcar Zuniga García, en su condición de representante
legal de la señora Reina Isabel Carrasco, incoando demanda
vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras
a través del Tribunal Superior de Cuentas, con orden
de ingreso No.0801- 2023-00412, para declarar la nulidad
de un acto administrativo de carácter particular por no ser
conforme a derecho, consistente en la RESOLUCIÓN
NÚMERO 099/2020-SG-TSC-RR, de fecha 29 de enero
del 2020, mediante la cual se confirma parcialmente la
RESOLUCIÓN NÚMERO 1127/2015-SG-TSC, de
fecha 18 de junio del 2015, las cuales fueron emitidas por
el Tribunal Superior de Cuentas de la República, en
relación con el Pliego de Responsabilidad Civil número
014-004-2010-DASS-IHNFA-A, correspondiente a la
auditoría financiera y de cumplimiento legal practicada al
Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA), por
el periodo comprendido del 01 de octubre del 2005, al 31
de diciembre del 2009.- El reconocimiento de una situación
individualizada.- Como medida para el pleno restablecimiento
del derecho de la afectada de no tenerle como deudora del
Estado, que se ordene a la autoridad administrativa remitir
el expediente administrativo de la afectada.- Que ordene
mediante sentencia definitiva anular el acto impugnado.- Se
acompañan documentos.- Petición.- Con Costas.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
16 N. 2023
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CIVIL DEL DEPARTAMENTO
DE FRANCISCO MORAZÁN
AVISO DE REPOSICIÓN Y CANCELACIÓN DE
TÍTULO VALOR
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del
departamento de Francisco Morazán, al público en general y
para los efectos de Ley correspondientes: HACE SABER:
Que este Juzgado se tramita el expediente registrado bajo
el 0801-2023-05082-CV contentivo de la Solicitud de
Cancelación y Reposición de Título Valor, consistente en
CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO: 1)
No. 400447931 por la cantidad de DOSCIENTOS MIL
DÓLARES AMERICANOS ($200,000.00) con fecha
de emisión veintidós (22) de marzo del año dos mil doce
(2012), el cual vence el veinte (20) de noviembre del año
dos mil veintitrés (2023); 2) No.400312641 por la cantidad
de CIENTO UN MIL CIENTO TREINTA DÓLARES
AMERICANOS ($101,130.00), con fecha de emisión
veintisiete (27) de abril del año dos mil diez (2010), con
fecha de vencimiento diez (10) de agosto del año dos mil
veintitrés (2023), ambos emitidos a favor de GRACIELA
BURGOS GUERRERO, por la Sociedad Mercantil BAC
CREDOMATIC, el que se pone en conocimiento del público
para los efectos de ley correspondiente.
Tegucigalpa, M.D.C., 7 de septiembre del año 2023.
ABG. JUAN CARLOS RIVERA
SECRETARIO ADJUNTO
16 N. 2023
La G aceta
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la
Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta
(30) de junio del dos mil veintidós (2022), compareció a este
Juzgado el Abogado GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ,
en su condición de representante procesal de la señora EDITH
NOHEMY PINTO AVILEZ, incoando demanda Contenciosa
Administrativa, vía Procedimiento en Materia personal con
orden de ingreso número 0801-2022-00653, contra el Estado
de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL DE LA
JUVENTUD, se presenta demanda en materia de personal
impugnando un acto expreso de carácter particular consistente
en Acuerdo de Cancelación No. 007-INJUVE-2022 de fecha 13
de junio del 2022, acto que carece de requisitos esenciales, acto
emitido por el Instituto Nacional de la Juventud, generando
un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo
cual es nulo e ilegal con exceso de poder, quebrantamiento de
formalidades esenciales separando a una servidora totalmente
de manera ilegal y arbitraria, se reconozca una situación
jurídica individualizada y se restituyan sus derechos según
ley. Se proceda en indemnizar derechos laborales. Se adjuntan
documentos. Poder.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
16 N. 2023 _______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
A V I S O
El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintiocho (28) de octubre del año dos mil
veintidós (2022), se promovió la demanda por parte del
Abogado GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ,
actuando en su condición de Representante Procesal de la
señora BETZAHIDA GARCIA SAUCEDA, quien actúa
como Representante Legal de la señora MARIHELA
GARCIA SAUCEDA, interponiendo demanda contencioso
administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal
con orden de ingreso número 0801-2022-01773, contra el Estado
de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN
LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL, para que se declare
la nulidad de un acto administrativo de carácter particular
consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No.
558-SRH-2022 de fecha 14 de septiembre del año 2022,
en virtud que es un acto nulo e ilegal, falta de requisitos
esenciales, de fecha 27 de septiembre del año 2022 y notificado
en fecha 4 de octubre del año en curso, acto emitido por la
Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores
y Cooperación Internacional, generando un acto ilegal y
desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo e
ilegal con exceso de poder, quebrantamiento a formalidades
esenciales, infracción al ordenamiento jurídico, separando a una
servidora totalmente de manera ilegal, se solicita se reconozca
una situación jurídica, individualizada.- Pago de desarraigo.-
Restituya a sus indemnizaciones hasta sentencia firme.- Se
adjuntan documentos.- Poder.- Costas.
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
16 N. 2023 _______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de
enero del 2023, compareció a este Juzgado por la ciudadana
Angela Maria Turcio Zelaya, en su condición personal,
por la vía del procedimiento personal, para la declaración
de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado
consistente en Acuerdo de Cancelación No. 794-SRH-2022
de fecha 22 de diciembre del 2022, emitida por la Secretaría
de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y
Cooperación Internacional. Que se reconozca una situación
jurídica individualizada, reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se
adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley
de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, contra el
Estado de Honduras por actuaciones de la Secretaría de Estado
en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso
No. 0801-2023-00073. Asimismo, se hace la advertencia
que los legitimados como parte demandada con arreglo al
inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo
Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán
EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
16 N. 2023
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