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19 de diciembre de 2022 | Poder Judicial
Aviso — Aviso demanda contencioso administrativa - Walter Renieri Andino Rosales contra Secretaría de Relaciones Exteriores
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Resumen
Estos avisos publicans demandas contencioso-administrativas presentadas ante el juzgado contra el Estado de Honduras y sus instituciones. Los demandantes reclaman la nulidad de actos de cancelación o despido, solicitando reingresos a sus cargos, pago de salarios no percibidos, prestaciones laborales y compensación por daños. Afecta a servidores públicos que consideran ilegal su separación del trabajo.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción, y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha dieciocho (18) de enero del año dos mil veintitrés
(2023), compareció ante este Juzgado el Abogado José
Alfredo Briceño Zepeda, en su condición de representante
legal del señor Walter Renieri Andino Rosales, incoando
demanda vía procedimiento especial en materia de personal,
contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría
de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y
Cooperación Internacional, con orden de ingreso No.0801-
2023-00113, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un
acto administrativo de Cancelación por Cesantía consistente
en el ACUERDO No. 755-SRH-2022, de fecha 19 de
diciembre de 2022, emitido por la Secretaría de Estado en
los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional, por no estar dictado conforme a derecho.-
Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y
para su pleno restablecimiento se ordene: 1) El reintegro al
cargo en iguales o mejores condiciones y a título de daños
y perjuicios, el pago de los salarios dejados de percibir
junto con todos sus derechos adquiridos en Ley desde la
fecha de la cancelación por cesantía hasta aquella que sea
restituido de su cargo; 3) Que se ordene la nulidad del acto
de nombramiento del sustituto(a), si fuera el caso; y, 4)
Que se hagan las aportaciones complementarias de Ley al
INJUPEMP de los salarios dejados de percibir en ausencia
que se condenen en la sentencia definitiva.- Se acompañan
documentos.- Petición.- Poder.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
2 N. 2023
1,000.00 saldo acciones 1,000, emitido por la compañía crefisa.
Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley
correspondiente.-
Tegucigalpa, M.D.C., 22 de septiembre del 2023
Abogada NELVI YASMIN AMAYA GOMEZ
SECRETARIA ADJUNTA
2 N. 2023
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Sección B A v isos L egales
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JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco
(05) de septiembre del dos mil veintitrés (2023), compareció
a este Juzgado el señor ROGER AUGUSTO PINEDA
BANEGAS, incoando demanda Contenciosa Administrativa,
vía Procedimiento en Materia Personal, con orden de ingreso
número 0801-2023-00992, contra el Estado de Honduras, a través
de la SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO, se
interpone demanda especial Contencioso Administrativa, para
que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo
de carácter particular en materia de personal, reconocimiento de
una situación jurídica individualizada de cancelación o separación
injusta e ilegal y como medida para el pleno restablecimiento de
mis derechos violentados, se me reintegre o restituya en mi cargo o
a otro de igual o de mejor categoría dentro de la institución estatal
demandada, más el pago de los sueldos dejados de percibir que me
corresponden a partir de la fecha de mi cancelación injusta hasta la
fecha que sea reintegrado al cargo, más el pago de bonificaciones
y demás derechos que se produzcan, pago del décimo tercer y
décimo cuarto mes de salario y vacaciones que me correspondan.-
Así como los aumentos de salarios que se otorguen al cargo que
desempeñaba hasta que se ejecute la sentencia condenatoria que
se dicte.- Asimismo, se decrete la nulidad del acto por el cual
se hubiere designado el sustituto de mi cargo más condena en
costas.- Se acompañan documentos.- Poder. En relación al acto
impugnado acuerdo de cancelación No. 055-2023 de fecha 21 de
agosto del 2023.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA, ADJUNTA
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JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C. A
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21)
de agosto del año dos mil veintitrés (2023), interpuso demanda
ante este Juzgado la señora Sandy Gabriela Mayorga Pineda, con
orden de ingreso número 0801-2023-00941, contra el Estado de
Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras,
incoando demanda para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular en materia de personal
por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento
jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales
establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica
individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar
como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las
mismas, el reintegro al puesto de analista de control del gasto
de la Administración Aduanera de Honduras.- Salarios dejados
de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al
cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose
los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera
el puesto del cual fue cancelada ilegalmente durante la secuela
del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran
durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de
salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones y
cualquier otro beneficio laboral que pudiera reconocerse.- Especial
condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de
primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para
efectuar cualquier actuación judicial.- Va en relación al Acuerdo
de Cancelación, No. ADUANAS-DE-GNGTH-149-2023 de fecha
28 de julio del año 2023.
ABG. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
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A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 25 de
julio del 2023, compareció a este juzgado la ciudadana Gloria
Isabel Santos Villeda, por la vía del procedimiento especial en
materia de personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad
del acto administrativo impugnado consistente en ACUERDO-
SE.-IP-270-2023 de fecha tres de julio del año 2023, emitido por
actuaciones del Instituto de la Propiedad. Que se reconozca una
situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento
se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley
de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando
registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-
2023-00801.- Asimismo, se hace la advertencia que los
legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C)
del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS
con la presente publicación.
Abg. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO
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CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco
(05) de enero del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este
Juzgado el señor OLMAN LEONEL ELVIR GONZALEZ,
incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso
número 0801-2023-00040, contra el Estado de Honduras,
demanda en materia de personal para que se declare la nulidad
de un acto de carácter particular consistente en el acuerdo de
cancelación DRH No. 047/2022 por no ser conforme a derecho
por infracción del ordenamiento jurídico comprendido en los
artículos 38 letra b) 43, 44 y 57 párrafo segundo de la Ley de
Servicio Civil, 113 y 114 de su reglamento. Reconocimiento de
una situación jurídica individualizada. La adopción de medidas
para su pleno restablecimiento entre ellas se condene: a) el pago
de las prestaciones e indemnizaciones laborales, b) el pago de
salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y
perjuicios, c) así como los demás beneficios otorgados a los demás
servidores o empleados públicos, d) costas del juicio. Poder. Se
acompañan documentos. En relación al acto impugnado al acuerdo
de cancelación No.047-2022 de fecha 25 de noviembre del 2022.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
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CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25)
de octubre del año dos mil veintidós (2022) compareció ante este
Juzgado la abogada LESBIA DIAMANTINA ANTUNEZ OCHOA
representante procesal del señor WALTER JOSUE SIERRA
SOLIZ, incoando demanda contencioso-administrativa en materia
personal con orden de ingreso número 0801-2022-01712, en contra
del Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL DE
MIGRACION. “Declare la nulidad absoluta de un acto administrativo
de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación
No.171-2022 que violenta las disposiciones legales de la ley y
Reglamento de Servicio Civil; se declare no ser conforme a derecho
por violación e infracción del ordenamiento nacional; se reconozca
una situación jurídica individualizada; se reconozca el reintegro o
reinstalación al trabajo en iguales o mejores condiciones, con el
pago de salarios caídos desde la fecha de la cancelación ilegal
del acuerdo de nombramiento hasta la fecha en que sea efectivo
el reintegro o reinstalación al trabajo, pago de salarios dejados de
percibir tomando en cuenta los aumentos que en el transcurso del
juicio sean aplicados por la administración pública recalificación
de puesto de Oficial Jurídico I. Nivelación salarial y ajuste a
salario mínimo Profesional, lo anterior atendiendo al principio
de alternabilidad que existe en esta materia y atendiendo además
el arancel del Profesional del Derecho.- Condena en costas.- Se
acompañan documentos.- Poder”.
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
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República de Honduras
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de
enero del dos mil veintitrés (2023), se promovió la demanda por
parte del señor DOMINGO HERNALDO ACOSTA LANZA,
interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía
procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso
número 0801-2023-00077, contra el Estado de Honduras a través
de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA, para que se declare
la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter
particular en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. CTL-
024-2022, de fecha 07 de diciembre del año 2022 por no haber
sido dictado conforme a derecho, e infringir el ordenamiento
jurídico establecido.- Que se declare la ilegalidad y nulidad del
mismo.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada.-
La adopción de medidas para su pleno restablecimiento entre
ellas se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o
mejores condiciones a las establecidas.- Pago de salarios dejados
de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios,
desde la fecha del despido ilegal e injusto, hasta que se ejecute
el reintegro, pago del décimo tercero y décimo cuarto mes de
salarios, vacaciones, reajuste e incrementos salariales, que se
originen durante la secuela del juicio, pago de quinquenios de
acuerdo a lo establecido en el Decreto Ejecutivo número 139-200.-
Aumento de salarios aprobados y no pagado, costas del juicio.- Se
acompañan documentos.- Petición.- Poder.
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
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AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 03 de agosto
del año 2023 comparece la Abogada Lesbia Diamantina Antúnez
Ochoa representante procesal de la señora Karen Yamileth
Rodríguez Rivera incoando demanda ante este Juzgado con orden
de ingreso No.0801-2023-00860, contra el Estado de Honduras,
a través de la Agencia Hondureña de Aeronáutica (AHAC),
se interpone demanda Contencioso Administrativa en materia
de personal, para que se declare la nulidad absoluta de un acto
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La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 25 de octubre
del año 2022 comparece la Abogada Lesbia Diamantina Antúnez
Ochoa representante procesal de la señora Idalia Yamileth Cruz
Garache, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de
ingreso No.0801-2022-01713, contra del Estado de Honduras, por
actuaciones del Instituto Nacional de Migración, incoando demanda
contencioso administrativa en materia de personal, para que se
declare la nulidad absoluta de un acto administrativo de carácter
particular consistente en el acuerdo de cancelación No.176-2022
que violenta las disposiciones legales de la ley y Reglamento del
Servicio Civil: Se declare no ser conforme a derecho por violación
e infracción del ordenamiento jurídico nacional; se reconozca una
situación jurídica individualizada; se reconozca el reintegro o
reinstalación al trabajo en iguales o mejores condiciones, con el
pago de salarios caídos desde la fecha de la cancelación ilegal
del acuerdo de nombramiento hasta la fecha en que sea efectivo
el reintegro o reinstalación al trabajo, pago de salarios dejados
de percibir tomando en cuenta los aumentos que en el transcurso
del juicio sean aplicados por la administración pública; lo anterior
atendiendo al principio de alternabilidad que existe en ésta.-
Condena en costas.- Se acompañan documentos.- Poder.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
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AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce
(14) de noviembre del dos mil veintidós (2022), compareció ante
este Juzgado la abogada LESBIA DIAMANTINA ANTUNEZ
OCHOA, en su condición de representante procesal del
señor FRANKLIN DAVID OYUELA OCHOA, incoando
demanda en materia personal. Con orden de ingreso número
0801-2022-01837, contra el Estado de Honduras, a través de
la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS,
demanda contencioso administrativa en materia de personal, para
que se declarar la nulidad absoluta de un acto administrativo de
carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación por
despido NO. ADUANAS-DE-GNGTH-135-2022 Administración
de Aduanas de Honduras; se declarar no ser conforme a derecho
por violación e infracción del ordenamiento jurídico nacional: se
reconozca una situación jurídica individualizada; se reconozca el
pago de prestaciones laborales e indemnizaciones legales como
ser los conceptos del preaviso, auxilio de cesantía, derechos
adquiridos, salarios caídos desde la fecha de la cancelación ilegal
del Acuerdo de Nombramiento hasta la fecha en que la sentencia
alcance firmeza tomando en cuenta los aumentos que en el
transcurso del juicio sean aplicados por la Administración Pública;
lo anterior atendiendo al principio de alternabilidad que existe en
esta materia.- Condena en costas.- Se acompañan documentos.-
Poder.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
3 N. 2023
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administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo
No.112-2023, emitido por la Agencia Hondureña de Aeronáutica
Civil; Se declare no ser conforme a derecho por violaciones e
infracciones del ordenamiento jurídico nacional; Se reconozca
unas situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal
e injustificada del (La) demandante, y como medida para el pleno
restablecimiento de sus derechos que se ordene el reintegro o
reinstalación al trabajo en iguales o mejores condiciones, con el
pago de salarios caídos desde la fecha de la cancelación ilegal
del acuerdo de nombramiento hasta la fecha en que sea efectivo
el reintegro o reinstalación al trabajo en iguales o mejores
condiciones, con el pago de salarios dejados de percibir tomando
en cuenta los aumentos que en el transcurso del juicio sean
aplicados por la Administración Pública, y todos los colaterales de
décimo tercer mes de salario y vacaciones; lo anterior atendiendo
al principio de alternabilidad que existe en esta materia.- Condena
en costas.- Se acompañan documentos.- Poder.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
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República de Honduras, C.A.
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La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17)
de marzo del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado
el abogado GILBERTO LEZAMA TORO, en su condición
de representante procesal de los señores ANGELICA MARIA
CALIX SALGADO, IRIS YANETH LANZA, PEDRO PABLO
AGUILAR MARTINEZ, SAMUEL ISAI PALMA CANALES
y LUIS EDUARDO GARCIA VARELA, incoando demanda
Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia
Personal con orden de ingreso número 0801-2023-00373, contra
el Estado de Honduras a través de la AGENCIA HONDUREÑA
DE AERONAUTICA CIVIL (AHAC), se interpone demanda
de nulidad de actos administrativos en materia de personal,
reconocimiento de situaciones jurídicas individualizadas.- Que
se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento
de esta, por violación a normas de jerarquía superior, violación
a la ley y reglamento de la Ley de Servicio Civil y al debido
proceso, consistente en el reintegro de los servidores públicos a
su mismos puestos de trabajo o bien a otros de igual categoría y
salario, a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados
de percibir, así como décimo tercer mes, décimo cuarto mes,
vacaciones, quinquenios y demás derechos, conforme a las leyes
de la República desde la fecha de la ilegal cancelación hasta la
fecha de su reintegro efectivo.- Documentos.- Poder. En relación
al acto impugnado acuerdo de cancelación No. 020-2023, 044-
2023, 045-2023, 026-2023 y 022-2023 de fecha 28 de febrero del
2023.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
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Leyes relacionadas
Aviso — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - Ministerio Público
Un juzgado anuncia una demanda contra la Secretaría de Derechos Humanos presentada por tres empleados que reclaman igualdad salarial por igual trabajo, pago retroactivo desde su reclamo inicial, y prestaciones laborales pendientes (decimotercero, decimocuarto y vacaciones), argumentando que la Secretaría violó sus derechos al no responder su solicitud.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso - Demanda Fiscal Administrativo - BANCO DE AMERICA CENTRAL
El Banco de América Central Honduras presentó una demanda ante el juzgado fiscal para anular una resolución tributaria de 2019 que considera ilegal. El banco busca que se declare nula la decisión, se reconozcan sus derechos y se le indemnice por los daños causados.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - INJUPEMP
Un juzgado de lo contencioso administrativo anuncia que recibió una demanda contra el Estado hondureño a través del INJUPEMP (institución de pensiones) solicitando anular decisiones administrativas sobre una compraventa de propiedad y corregir defectos del inmueble. Esta notificación pública busca informar a los interesados sobre el inicio del proceso judicial.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso Demanda Fiscal - Resoluciones DEI-AGCRNO-055-F-2013 y otras
Una empresa (INVEMA) demanda al Servicio de Administración de Rentas (SAR) para anular decisiones fiscales que le retuvieron impuestos sobre la renta de sus trabajadores recolectores de basura, argumentando que esas retenciones son ilegales. La demanda busca que se declare la ilegalidad de las resoluciones y se devuelva lo cobrado indebidamente.
Decreto | 2020
Aviso — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - Katerin Milagro Chirinos Lovo
Este aviso notifica que Martha Elena Vásquez Maldonado presentó una demanda ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo pidiendo anular dos resoluciones del Tribunal Superior de Cuentas (de 2013 y 2018) que considera contrarias a derecho. Busca que se reconozca su situación legal y suspenda temporalmente esos actos administrativos.
Decreto | 2021