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Decreto No. 0801-2025-00001 | 22 de diciembre de 2023 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2025-00001 — Demanda de nulidad de acto administrativo por RAUL ORLANDO GONZALEZ COLINDRES contra Secretaría de Seguridad
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Resumen
Estos avisos notifican demandas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo contra el Estado de Honduras por empleados públicos que fueron cancelados. Buscan anular las decisiones de despido, ser reintegrados a sus puestos y recibir los salarios no pagados durante su ausencia.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha seis (06) de enero del año dos mil veinticinco
(2025), compareció a este el señor RAUL ORLANDO
GONZALEZ COLINDRES, interponiendo demanda
en materia Especial de Personal, con número de ingreso
0801-2025-00001, contra el ESTADO DE HONDURAS
a través de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD, “Por
el procedimiento especial en Materia de Personal, se
interpone demanda para que se declare la nulidad de un
acto particular de la administración pública, dictado con
infracción de ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de
formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento
de una situación jurídica individualizada por haber lesionado
derechos del administrado y para su pleno restablecimiento
que se ordene el reintegro al cargo que ocupaba su
representado y el pago de los salarios dejados de percibir,
su representado fue notificado del Acuerdo de Cancelación
de manera extemporánea. Se acompañan documentos. Se
confiere poder. Condena en costas”.
ABG. CINTHIA CENTENO PAZ
SECRETARIA ADJUNTA
24 F. 2025
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E FEBRERO D E L 2025 N o . 36,774
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de
enero del año dos mil veinticuatro, compareció a este
Juzgado la Abogada CINTHIA CONSUELO CRUZ
FIGUEROA quien actúa en condición de representante
procesal de la señora MARJORIE MICHELL FUNES
IZAGUIRRE. Incoando demanda personal con orden de
ingreso número 0801-2024-00065, contra el Estado de
Honduras a través del Instituto Nacional para la Atención
de Menores Infractores.- "PARA DECLARAR LA NULIDAD
DE UN ACTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA DE
PERSONAL POR NO SER CONFORME A DERECHO AL
INFRINGIR EL ORDENAMIENTO JURÍDICO, DICTADO
PRESCINDIENDO TOTAL Y ABSOLUTAMENTE
DEL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO.- QUE
SE RECONOZCA UNA SITUACIÓN JURÍDICA
INDIVIDUALIZADA DE LA TITULAR DE DERECHOS
RECLAMADOS Y ADOPTAR COMO MEDIDAS
NECESARIAS PARA EL PLENO RESTABLECIMIENTO DE
LOS DERECHOS EL REINTEGRO AL CARGO MÉDICO
GENERAL EN EL INSTITUTO NACIONAL PARA LA
ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES (INAMI), A
TÍTULO DE DAÑOS Y PERJUICIOS LOS SALARIOS
DEJADOS DE PERCIBIR CON LOS REAJUSTES
SALARIALES QUE ESTABLECE LA LEY DEL ESTATUTO
DEL MÉDICO EMPLEADO DECIMOTERCERO,
DECIMOCUARTO MES DE SALARIO, BONIFICACIÓN,
HORAS EXTRAS ADEUDADAS, VACACIONES DESDE
LA FECHA DE LA CANCELACIÓN ARBITRARIA HASTA
EL REINTEGRO AL CARGO MEDIANTE SENTENCIA
CONDENATORIA, RECONOCIÉNDOSE EL SALARIO
MÍNIMO DEL MÉDICO EMPLEADO DE CONFORMIDAD
CON LA LEY DEL ESTATUTO DEL MÉDICO EMPLEADO
EN RELACIÓN CON LA LEY DE REORDENAMIENTO
DEL SISTEMA RETRIBUTIVO DEL GOBIERNO CENTRAL
Y LOS RESPECTIVOS INCREMENTOS SALARIALES
QUE EN SU CASO TUVIERA EL PUESTO DEL CUAL
FUE CANCELADA DURANTE LA SECUELA DEL
JUICIO, ESPECIAL CONDENA EN COSTAS A LA PARTE
DEMANDADA Y VENCIDA EN JUICIO SE ACOMPAÑAN
DOCUMENTOS.-PODER".
.-En relación Notificación de Cancelación de fecha 22 de
diciembre de 2023.
VIKY MONTOYA
SECRETARIA, POR LEY
24 F. 2025
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha 06 de diciembre del año 2024, comparece
el señor SAUL ANTONIO ZAMBRANO GUZMAN,
interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso
No.0801-2024-00912, contra el Estado de Honduras a través
Instituto de la Propiedad, se interpone demanda especial
para la nulidad de un acto administrativo en materia de
personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber
sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico
el Acuerdo de Cancelación Número CI-P-IP-468-2024
de fecha 15 de noviembre del año 2024, dictado por la
Comisión Interventora del Instituto de la Propiedad.- Que
se reconozca la situación jurídica individualizada y para su
pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto
de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el
pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la
cancelación hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto
de trabajo incluyendo los colaterales consistentes en décimo
tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en
concepto de compensación social, quinquenios, bonificación
de vacación y las vacaciones que debería haber gozado
previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de
cancelación hasta la fecha que sea reintegrado. Aumentos
salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relacionan
con claridad los hechos de la demanda con los medios de
prueba que se pretenden utilizar.- Se acompañan documentos.
Se acredita representación. Costas; en relación al Acuerdo
número CI-P-IP-468-2024 de fecha 15 de noviembre del año
2024, dictado por la Comisión Interventora del Instituto de
la Propiedad.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
24 F. 2025
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Sección B A v isos L egales
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha dos (02) de agosto de dos mil veintidós (2022),
compareció a este Juzgado la señora ANDREA PAOLA
FIALLOS FUNES, quien confirió poder al Abogado
JUAN MANUEL BORJAS AVILA, interponiendo
demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-
2022-00809, contra el Estado de Honduras, a través de la
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, para que se declare
la nulidad de un acto administrativo de carácter particular
de la administración pública, consistente en el Acuerdo de
Cancelación No.STSS-395-2022, de fecha 30 de junio de
2022, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos
de Trabajo y Seguridad Social, se declare la ilegalidad y su
nulidad, se reconozca la situación jurídica individualizada por
el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto, se adopten
las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como
ser: A) Reintegro en mi cargo; y, B) Pago de los salarios
dejados de percibir a partir de la fecha de mi cancelación, se
acompañan documentos, petición, poder.
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES
SECRETARIO ADJUNTO
24 F. 2025
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa,
Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha 06 de septiembre del 2024,
compareció a éste por la ciudadana MELISA GISELLE
CALIX CONTRERAS, en su condición personal, por
la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN
MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad
y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en
el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ADUANAS-DE-
GNGTH-115-2024 de fecha 13 de agosto del 2024, emitido
por el Estado de Honduras a través de la Administración
Aduanera de Honduras y el reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se
adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley
de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el
Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera
de Honduras, quedando registrada en esta Judicatura bajo el
orden de ingreso No. 0801-2024-00675. Asimismo, se hace la
advertencia que los legitimados como parte demandada con
arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se
entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
24 F. 2025
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JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa,
Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha 23 de septiembre del 2024, compareció ante
este Juzgado por la ciudadana ALBA LUZ ZUNIGA
RODRIGUEZ, en su condición personal, por la VÍA DEL
PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de
ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados
consistentes en la RESOLUCIÓN SDN No.236-2024
de fecha 29 de agosto de 2024, emitida por el Estado de
Honduras por actuaciones de la Secretaría de Estado en
el Despacho de Defensa Nacional y el reconocimiento de
una situación jurídica individualizada, y para su pleno
restablecimiento se adopten las medidas necesarias como ser
el pago a los derechos adquiridos, así como las prestaciones e
indemnizaciones y gratificaciones, computados por 39 años,
desde el 28 de febrero del año 1985 hasta el 15 de marzo del
2024, que se condene a pagar una indemnización a efecto de
resarcir los daños y perjuicios ocasionados, más el pago de
intereses legales computados por todo el tiempo que dure el
proceso y las costas del juicio; contra el Estado de Honduras
a través de Procuraduría General de la República, quedando
registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso;
No. 0801-2024-00727. Asimismo, se hace la advertencia
que los legitimados como parte demandada con arreglo
al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se
entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
24 F. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
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P
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E FEBRERO D E L 2025 N o . 36,774
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CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
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