Aviso No. 2024-4636 — Registro de marca de servicio La Grande
Resumen
El Patronato Nacional de la Infancia registró oficialmente la marca de servicio "La Grande" para proteger servicios de lotería. Esta marca está protegida en su conjunto y no otorga exclusividad a las palabras por separado. El registro fue aprobado el 23 de septiembre de 2024 según la Ley de Propiedad Industrial.
Articulos
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 17 F., 4 y 19 M. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 17 D E FEBRE R O D E L 2025 N o . 36,768 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), comparecieron ante este Juzgado las señoras BETI ELEN ZUNIGA y BETTY SAROGENY HERNANDEZ ZUNIGA, incoando demanda contencioso administrativa vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2022-01318, en contra del Estado de Honduras a través de LA COMISIÓN LIQUIDADORA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) AHORA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), contraída a solicitar “demanda para que se declare la nulidad de unos actos administrativos de carácter particular en materia de personal, consistente en los Acuerdos de Cancelación números ctl-332-2022 y ctl-335-2022, ambos de fecha 24 de agosto del 2022, notificados en fecha 29 de agosto 2022, emitidos por la Comisión Técnica Liquidadora, de la Secretaría de Estado en el Despacho de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), por no haber sido dictados conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico establecido.- Que se declare la ilegalidad y su nulidad total.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro a nuestro cargo en iguales, o en mejores condiciones a las establecidas; pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en nuestra ausencia, desde la fecha de nuestra cancelación por cesantía, hasta la fecha en que se materialice el reintegro a nuestro cargo, del cual fuimos canceladas sin causa justificada.- Goce y pago de vacaciones adeudadas.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se otorga poder. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 17 F. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO