VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2022-7208 | 9 de agosto de 2024 | Poder Judicial
Aviso No. 2022-7208 — Solicitud de registro de marca de servicio - Fábrica de Colchones Sampedranos
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Fábrica de Colchones Sampedranos S. de R.L., con sede en San Pedro Sula, solicita registrar la marca de servicio denominativa "SUBLIME" para proteger sus actividades de compra, venta, comercialización y distribución de camas, colchones y muebles. Este registro le permite usar exclusivamente esta marca en Honduras para distinguir sus servicios de la competencia.
Texto completo
Número de Solicitud: 2022-7208
Fecha de Presentación: 2022-11-30
Fecha de emisión: 9 de agosto de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: FABRICA DE COLCHONES SAMPEDRANOS S. DE R.L.
Domicilio: ENTRADA EL ZPOTAL, SECTOR RÍO BLANCO, SAN
PEDRO SULA, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO:
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
IRIS GEORGINA ANARIBA CASTILLO
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.-Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Compra venta, comercialización,
distribución de camas, colchones y muebles, de la clases 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 F. y 7 M. 2025
SUBLIME
________
LA EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS
No es responsable del contenido de las
publicaciones, en todos los casos la misma
es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E FEBRERO D E L 2025 N o . 36,759
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha dieciséis (16) de agosto de dos
mil veintidós (2022), compareció a este juzgado la señora
ISIS JASMIN FUENTES MANZANARES, incoando
demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento
en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-
2022-01093, contra el Estado de Honduras a través de
la COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL CONTRA
LA EXPLOTACIÓN SEXUAL, COMERCIAL Y LA
TRATA DE PERSONAS (CICESCT), se interpone
demanda especial en materia de personal para que se declare
la nulidad e ilegalidad de un Acto Administrativo de carácter
particular, emitido por la Comisión Interinstitucional Contra
la Explotación Sexual, Comercial y la Trata de Personas
(CICESCT), consistente en un acuerdo de cancelación por
no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento
jurídico, contener vicios de nulidad, desviación y exceso
de poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales
establecidas en la ley.- Que se reconozca la situación juridica
individualizada y adoptar como medidas para el pleno
restablecimiento de mis derechos que se ordene a través de
sentencia definitiva el reintegro a mi puesto de trabajo de igual
o mejor categoría y salario y a título de daños y perjuicios
el pago de los salarios dejados de percibir con todos los
aumentos, más el pago de vacaciones, décimo cuarto mes,
décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la
fecha de la cancelación hasta el reintegro en el puesto de
trabajo de igual o mejor categoría y salario, más intereses
legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras.-
Se acompañan documentos.- Costas del juicio. En relación
al acuerdo de cancelación número 007-CICESCT-2022 de
fecha 29 de julio del 2022.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
6 F. 2025
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
Leyes relacionadas
Aviso No. 2023-2301 — Registro de Nombre Comercial EL PORTAL DE LAS CARNES
Este aviso registra oficialmente el nombre comercial «EL PORTAL DE LAS CARNES» para un negocio de venta y distribución de productos cárnicos en San Pedro Sula. El registro protege el nombre completo como marca distintiva, impidiendo que otros usen esta denominación para negocios similares.
Decreto 2023-2301 | 2025
Decreto Legislativo Número 2-2014 mediante el cual se deroga el Artículo 17 del Decreto Legislativo Número 278-2013 y se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Industria y Comercio para la descripción de Partidas Arancelarias de artículos esenciales de consumo popular
Esta ley elimina las restricciones sobre las costillas de cerdo (Pork Ribs ends) para que ahora estén exentas del Impuesto sobre Ventas como producto de consumo popular. Beneficia a los consumidores hondureños al reducir el precio de este corte de carne, considerado básico en la canasta alimentaria.
Decreto 2-2014 | 2025
Acuerdo STSS 001 2012 Fijar Salario Mínimo
Este acuerdo establece los salarios mínimos que deben pagar los empleadores en Honduras para 2012 y 2013, diferenciados por sector económico (agricultura, minería, industria, comercio, etc.) y tamaño de empresa. El propósito es garantizar ingresos dignos a los trabajadores mientras se mantiene la competitividad empresarial y la estabilidad del empleo.
Decreto STSS-001-2012 | 2012
Aviso No. 2022-4062 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - SANOFI
Este aviso registra la marca de fábrica "SANOFI" (en morado y negro) para la empresa francesa Sanofi. La marca protege productos farmacéuticos, medicinas, vitaminas, vacunas y suplementos alimenticios de uso médico que venda la empresa. El registro fue solicitado en 2022 y aprobado en 2026 para garantizar que nadie más pueda usar esta marca en productos similares.
Decreto 2022-4062 | 2026
Aviso No. 2022-7325 — Solicitud de registro de marca de servicio FINANZAS EN JEANS
Banco Davivienda registró la marca de servicio "Finanzas en Jeans" en Honduras para proteger servicios de telecomunicaciones y comunicación electrónica para instituciones financieras, así como servicios comerciales y de marketing. Esta marca es de propiedad exclusiva del banco y solo él puede usarla para identificar estos servicios.
Decreto 2022-7325 | 2026