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20 de julio de 2023Vigente

Aviso No. 0801-2022-00279 — Demanda contencioso administrativa contra Secretaría de Salud por acto tácito ilegal de separación

  • Decreto: 0801-2022-00279
  • Publicación: 20 de julio de 2023
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Una trabajadora de la Secretaría de Salud demanda ante los tribunales administrativos porque fue separada de su puesto de manera ilegal, según ella, por un acto del Hospital General San Francisco de Juticalpa. Solicita que se reconozca su situación como injusta y se le reintegre con todos sus derechos laborales.

Texto completo

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de abril de dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ, en su condición de apoderado legal de la señora SEYDA MERCEDES MEZA PADILLA, interponiendo demanda en materia de personal a la cual se le asignó la orden de ingreso 0801-2022-00279, contra LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, donde se impugna un acto tácito consistente en la nota de fecha veintinueve (29) de marzo de dos mil veintidós (2022), emitida por el Hospital General San Francisco de Juticalpa, Olancho, firmada por el Doctor Donaldo Menéndez, en su condición de Director Ejecutivo del Hospital General San Francisco de Juticalpa, Olancho, adscrito a la Secretaría de Salud, generando un acto ilegal y desapegado completamente a derecho por lo cual es legal, infracción al ordenamiento jurídico, cometiendo abuso y desviación de poder separando a un servidor totalmente de manera ilegal e injusta, se reconozca la situación jurídica individualizada y se restituyan sus derechos según Ley, reintegro, se adjuntan documentos, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 14 A. 2023 _________