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Decreto No. 0801-2023-00662 | 31 de mayo de 2023 | Poder Judicial

Aviso No. 0801-2023-00662 — Demanda contencioso administrativa contra Empresa Nacional de Artes Gráficas por resolución presunta negativa

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Resumen

Este aviso publica tres demandas contencioso-administrativas contra el Estado de Honduras. Ciudadanos y empleados públicos reclaman ante los tribunales que se declaren nulas decisiones administrativas (resoluciones negativas, cancelaciones de empleo) que consideran ilegales, pidiendo reintegro a sus puestos, pago de salarios adeudados y costas del juicio.

Texto completo

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 31 de mayo del 2023, compareció a este Juzgado por la ciudadana Denia Iveth Cerrato Reyes, en su condición personal, por la vía del procedimiento ordinario, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en la Resolución Presunta Negativa que operó a razón del silencio negativo por parte la Administración Pública, por la Empresa Nacional de Artes Gráficas. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras por medio de la Procuraduría General de la República a reconocer el pago de la nivelación salarial exigida con el reclamo correspondiente y que ahora se demanda judicialmente, tomando como base el valor de cuarenta y tres mil cuarenta y dos lempiras con 35/100 (L 43,042.35), que sea pagado de forma retroactiva desde la vigencia del Arancel del Profesional del Derecho, mismo que tuvo vigencia desde su publicación en el Diario Oficial La Gaceta el 29 de julio del 2017 hasta el 27 de marzo del 2023, fecha en la que fue cancelada, así mismo al pago de honorarios por representación procesal tal y como lo dispone el Arancel del Profesional del derecho más el interés del 6% que ambos conceptos devenguen desde el 29 de julio del 2017 hasta que la cantidad condenada sea totalmente pagada. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00662. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 14 A. 2023 _________ __________ La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 10 D E A G O STO D E L 2023 N o . 36,304 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la Abogada MARÍA MARGARITA AGUILAR REDONDO en su condición de Representante Procesal de la señora HERLY XIOMARA MARTÍNEZ RODRIGUEZ, quien delegó poder en el Abogado JUAN ÁNGEL BENAVIDEZ PAZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00405, contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública consistente en el Acuerdo de Cancelación Número 1698-SE-2022 de fecha 16 de noviembre de 2022 y notificado en fecha 08 de marzo de 2023, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación. Por no haber sido dictado conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico establecido, que se declare la ilegalidad y su nulidad total, que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medida necesaria para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro de mi representada a su puesto de trabajo en iguales o en mejores condiciones a las establecidas, pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en su ausencia, desde la fecha de su cancelación, hasta la fecha en que se materialice el reintegro a su puesto de trabajo del cual fue cancelada por cesantía de manera ilegal, costas del juicio, se acompañan documentos, se acredita representación. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 10 A. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de febrero del año dos mil veintitrés (2023), interpuso Demanda Personal ante este Juzgado el Abogado José Alejandro Mairena Hernández, actuando en su condición Personal, con orden de ingreso número 0801-2023-00262, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Derechos Humanos, incoando Demanda para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular en materia de Personal consistente al Acuerdo de cancelación número SEDH-07-2023 de fecha 25 de enero del 2023, efectivo a partir del 31 de enero del 2023, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, por no haber sido dictado conforme a Derecho e infringir el ordenamiento Jurídico establecido. - Que se declare la ilegalidad y su nulidad total. - Que se reconozca la situación Jurídica Individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro a mi cargo en iguales o mejores condiciones a las establecidas. - Pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en mi ausencia, desde la fecha de mi cancelación hasta la fecha que se materialice el reintegro en mi cargo del cual fui cancelado ilegalmente y con exceso de Poder. - Costas del Juicio. - Se acompañan documentos. -Se otorga Poder.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación número SEDH-07-2023. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 10 A. 2023 _______

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